La caza del lobo se reanuda en dos meses pese a la suspensión del TSJ
La Junta modifica el decreto anulado por sentencia para justificar que es especie cinegética.
Medio Ambiente ya trabaja en la elaboración del nuevo plan de cupos comarcales. ICAL
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León publicó la semana pasada la Orden Anual de Caza que regulará esta actividad durante los próximos meses y donde se vuelve a incluir al lobo entre las especies cinegéticas al Norte del río Duero. Lo hace a pesar de la suspensión cautelar dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el pasado mes de mayo contra la resolución administrativa de la Junta de Castilla y León que aprueba el Plan de Aprovechamientos Comarcales del lobo en terrenos cinegéticos al norte del río Duero para la actual temporada, lo que supuso la prohibición inmediata de cazar lobos, y para las dos anteriores.
La suspensión se realizó a petición de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel) para hacer cumplir la sentencia que anula determinados artículos del Decreto 32/2015, de 30 de abril (de conservación de especies cinegéticas de Castilla y León). La sala entendió que no quedaba acreditado que el lobo fuera una especie cinegética, ya que la Junta no había justificado suficientemente su estado poblacional, por lo que no se garantizaba que el ejercicio de la actividad cinegética no afectara a su adecuada conservación.
La Consejería siempre se ha escudado en que la sentencia anulatoria no es firme y que está recurrida por lo que defiende que «no tiene eficacia ejecutiva».
En este tiempo, los servicios jurídicos de Medio Ambiente se han apresurado en declarar al lobo especie cinegética en los terrenos situados al Norte del Duero a través del nuevo decreto 10/2018, de 26 de abril, por el que se modifica el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León. Según explica la consejería, «este decreto ha servido para adaptar la actividad de la caza en Castilla y León a los criterios fijados en la sentencia judiciales del TSJ, complementando así el régimen de protección de estas especies establecido tanto en la Ley 4/1996, de 12 de julio, y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en aras a garantizar su estado de conservación y utilización razonable». De acuerdo con el citado decreto, la caza del lobo en los terrenos donde tenga la consideración de especie cinegética (Norte del Duero) se realizará conforme a lo previsto en los planes de aprovechamiento comarcales, más conocidos como cupos. La Dirección General del Medio Natural ya está inmersa en la elaboración del nuevo plan de aprovechamientos comarcales para la caza del lobo para la presente temporada de caza cuya aprobación antes del 1 de septiembre de 2018 facultará la caza de esta especie.
Según la Junta, este nuevo decreto ha vuelto a declarar al lobo como especie cinegética cumpliendo con todos los requisitos formales y criterios que, según el TSJ no lo fueron en el anterior decreto, en concreto, mediante la incorporación al expediente de tramitación del decreto de un informe que establece las bases científico-técnicas que justifican la declaración de las especies cinegéticas de Castilla y León).