La acusación cree que la víctima perdió casi 50.000 euros por la actuación de la letrada
Exigen inhabilitar por cuatro años a una abogada acusada de deslealtad
El Ministerio Fiscal entiende que perjudicó a su propia cliente, una viuda de La Bañeza La acusad
El Juzgado de lo Penal número 1 de los de León pasará vista oral el próximo jueves 10 de enero, a las 11.30 horas, a la acusación de deslealtad profesional que pesa sobre una abogada de Zamora, que representó a una viuda de La Bañeza en varios pleitos entre 1997 y 2002, por los que de acuerdo a las calificaciones provisionales del Ministerio Público, dejó de percibir aproximadamente 50.000 euros. La acusación particular considera que las pérdidas se elevan a casi 145.000 euros, pero la defensa entiende que no existe delito alguno y que la actuación de la letrada se ajustó a derecho en todo momento, por lo que exige su libre absolución. Las irregularidades que denuncia la fiscal se iniciaron en marzo de 1999. La viuda entabló negociaciones para formalizar un contrato de compraventa con una empresa gravera de la zona, para lo cual necesitaba una autorización judicial que diese validez al trámite, ya que dos de sus hijas eran entonces menores de edad. En mayo del 2000 se entregó a la demandante un supuesto auto que según el escrito de calificaciones «simulaba» autorizar la operación, pero que no contenía número de juzgado, nombre de juez ni firma. En julio del 2001 los cuñados de la víctima interpusieron una demanda contra ella en un juzgado de La Bañeza. Tras consultar con su letrada le dijo «que no se preocupara, que ya estaba todo arreglado». No obstante, por falta de un auto, se dictó sentencia condenatoria contra la viuda, condenada a pagar las costas del juicio por valor de 27.862 euros. En el segundo episodio, a causa de la no presentación de un documento en el juzgado, se abrieron diligencias previas contra la víctima del caso, que luego fueron archivadas en diciembre del 2002. El tercer caso que relata la acusación se refiere a una sentencia favorable a la viuda en mayo de 1998, tras haber ganado un juicio de faltas contra su suegro por lesiones. El fallo establecía que la viuda debía cobrar una indemnización de 100.000 pesetas que no recibió porque la letrada acusada no le notificó la sentencia. En un cuarto asunto, la viuda se querelló con sus cuñados en noviembre de 1998, pero la demanda fue archivada. No recibió comunicación. Anteriormente cuando la viuda preguntó a la letrada por el asunto, respondió que estaba «pendiente de una prueba pericial». Finalmente, en el quinto y último apartado, la mujer decidió gestionar su pensión de viudedad y la de orfandad de sus hijas a través de la misma abogada, a principios de mayo de 1999. La Seguridad Social calculó las pensiones a través de los baremos de febrero de 1997, que eran erróneos para la situación real de la familia, con lo que se produjo un desfase de más de 12.000 euros sobre las cantidades que debería haber percibido la familia. Emitido el fallo correspondiente, la viuda encargó a la abogada presentar un recurso ante el juzgado de lo Social, pero los plazos se agotaron sin que la letrada cumpliera su cometido, siempre según la fiscal. Por un supuesto delito continuado de deslealtad profesional, se solicita una pena de 24 de meses de multa a razón de 12 euros diarios, la inhabilitación profesional para la abogada por espacio de cuatro años y una indemnización a la víctima de alrededor de 50.000 euros.