MARCA NATURAL
Se concede a productos agroalimentarios, artesanos y turísticos
El procedimiento para usar la marca de calidad se inicia a solicitud del interesado a la Consejería de Medio Ambiente, cuya resolución corresponde a la Dirección General de Medio Natural. El uso del distintivo tendrá carácter temporal, concediéndose por un plazo de tres años, pudiendo ser renovada, y durante su vigencia el titular deberá informar de cualquier cambio producido en las condiciones requeridas para su concesión. Sólo deberá ser utilizado en las condiciones y formas especificadas en la autorización y para los productos y servicios autorizados. Podrá incluirse exclusivamente en el etiquetado de los productos y en la publicidad de los servicios turísticos y de los productos que cumplan las condiciones establecidas en la normativa, y deberá ser usado de manera accesoria y nunca a título principal o sustitutivo de la marca comercial. Marca Natural se concede a aquellos productos agroalimentarios y de artesanía que tengan reconocida su calidad mediante acreditación de alguna Administración pública o entidad reconocida; que se obtengan, elaboren o transformen en el ámbito territorial de las ZIS, en el que la empresa deberá tener su domicilio social, así como en instalaciones que cumplan la legislación medioambiental, y su compromiso de mejora medioambiental continua integrando principios de desarrollo sostenible y buenas prácticas. En cuanto a los servicios turísticos, deberán tener acreditada su calidad mediante alguna figura de calidad de la que sea titular alguna Administración pública y estar inscritos en los registros públicos correspondientes; ser realizados o suministrados en el ámbito territorial de las ZIS, en el que la empresa deberá tener su domicilio social, y cumplir la legislación medioambiental aplicable.