relevo en la corona española La legalidad

El Gobierno envía a las Cortes la ley que hará efectiva la abdicación de Juan Carlos I

La norma aprobada posibilitará que la sucesión siga el orden previsto en la Constitución.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, presidió ayer un Consejo de Ministros extraordinario para aprobar la ley orgánica que hará efectiva la abdicación.

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efe | madrid

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El Gobierno ha enviado a las Cortes para su tramitación parlamentaria la ley orgánica que hará efectiva la abdicación del rey, que consta de un artículo único con dos apartados.

La norma aprobada por el Consejo de Ministros, reunido de forma extraordinaria, constata en su primer apartado que Juan Carlos I abdica la Corona de España y afirma que la abdicación será efectiva cuando sea publicada la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Su entrada en vigor, afirma el texto, «determinará, en consecuencia, que la abdicación despliegue sus efectos y que se produzca la sucesión en la Corona de España de forma automática, siguiendo el orden previsto en la Constitución».

En la exposición de motivos, se recuerda que el rey comunicó al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, su «voluntad de abdicar mediante entrega de un escrito, firmado en su presencia, con el siguiente tenor literal» y, a continuación, se reproduce el mensaje que Juan Carlos dirigió el lunes a la nación y que concluyó así: «Guardo y guardaré siempre a España en lo más hondo de mi corazón».

«La entrada en vigor de la presente ley orgánica, determinará, en consecuencia, que la abdicación despliegue sus efectos y que se produzca la sucesión en la Corona de España de forma automática, siguiendo el orden previsto en la Constitución», reza la norma.

En el texto, se afirma que el rey puso su decisión en conocimiento de los presidentes del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, y del Senado, Pío García-Escudero, así como del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que dio traslado del escrito al Consejo de Ministros.

Recuerda la ley que el artículo 57.5 de la Constitución Española dispone que «las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica».

Destaca que este precepto «sigue los precedentes históricos del constitucionalismo español, que en los textos fundamentales de 1845, 1869 y 1876 y, con variaciones, en otros precedentes, ya reservaban al poder legislativo la solución de las cuestiones a que diera lugar la sucesión así como la autorización de la abdicación, incluso mediante una ley especial para cada caso».

«Si bien la Constitución en vigor no utiliza este último término, los citados antecedentes y el mandato del artículo 57 de que el acto regio sea resuelto por una ley orgánica hacen que sea éste el instrumento legal idóneo para regular la efectividad de la decisión», argumenta la exposición de motivos.

En la tarde de ayer la Mesa de la Congreso calificó el proyecto de ley de abdicación del rey Juan Carlos I, que se tramitará en lectura única, y acordó abrir un plazo para la presentación de enmiendas de devolución hasta las ocho de la tarde del lunes, ya que no hay trámite de enmiendas parciales.

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Posteriormente, la Junta de Portavoces aprobó por mayoría el orden del pleno del próximo miércoles día 11 en el que se debatirá y votará en lectura única el proyecto de ley.