Pide archivar las demandas de paternidad contra el rey Juan Carlos
La Fiscalía se refiere a los casos del catalán Albert Solá y la belga Ingrid Sartiau.
La Fiscalía está en contra de que el Tribunal Supremo siquiera entre a estudiar si hay base en las dos demandas de paternidad a las que se enfrenta don Juan Carlos. El Ministerio Público ha pedido a la Sala Civil del alto tribunal que directamente no admita a trámite las denuncias presentadas por el catalán Albert Solá Jiménez y la ciudadana belga Ingrid Sartiau, en las que aseguran que son hijos no reconocidos del ex jefe del Estado y que fueron concebidos cuando este no era aún rey, en 1956 y 1967, respectivamente, por lo que no -alegan- estaría protegido por la «inviolabilidad» jurídica de la figura del monarca.
La Sala de lo Civil se había dirigido al Ministerio Público con dos cuestiones: si cabía investigar estos casos, a lo que ha respondido negativamente, y si el Supremo es efectivamente competente en estos asuntos. La Fiscalía sí que ha informado a favor de la competencia del alto tribunal, pues recuerda en su escrito que don Juan Carlos es efectivamente aforado ante este órgano judicial desde que el pasado julio el Parlamento aprobara la reforma legal que fija que sólo el Supremo puede juzgar al ex jefe del Estado, a Doña Sofía, a la reina Letizia y a la princesa de Asturias.
Será ahora esa Sala de lo Civil la que decida si acepta las tesis del Ministerio Público, que insiste en la inviolabilidad del monarca por los actos anteriores a su abdicación, o la de Solá y Sartiau, que desde hace años vienen batallando en los juzgados ordinarios para demandar a don Juan Carlos, al entender que su «inviolabilidad» solo afecta a sus actos como jefe del Estado y no a sus actuaciones personales. Todo ello, al margen, de que las supuestas paternidades fueron anteriores a que la Constitución consagrara en 1978 la «irresponsabilidad penal». En un escrito dirigido a la Audiencia de Madrid el 23 de junio, Solá, además, afirmaba que, tras la abdicación, ya no sería de aplicación la inviolabilidad prevista en el artículo 56.3 de la Constitución, y ello con independencia de que -insistía el supuesto hijo ilegítimo-, de que ese blindaje «únicamente debería abarcar los hechos que (Don Juan Carlos) realizó en el ejercicio de sus funciones y no amparar conductas que pudo realizar en su esfera jurídico privada».
La demanda de Solá y Sartiau llegó al Supremo el pasado mes de julio, tras entrar en vigor la ley que fijaba el aforamiento de don Juan Carlos.
Solá, que también vio como en 2012 otra demanda similar era archivada por la inviolabilidad del jefe del Estado, defiende en su denuncia que don Juan Carlos mantuvo una relación con su madre biológica, Anna María Bach Ramon, cuando este era Príncipe de España. El demandante posteriormente fue criado por una familia adoptiva.
La demanda de Sartiau, por su parte, incorpora un acta notarial firmada por su madre, Liliane Maria José Ghrislaine Sartiau, en la que asegura que en 1965 mantuvo un encuentro sexual con «un hombre de 31 años gentil, guapo, dulce y con los ojos azules», cuya identidad desconocía y que luego resultó ser el heredero al trono español, que por entonces ya llevaba tres años casado.