Cárcel para un guardia civil por acoso sexual a una compañera

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mateo balín | madrid
León

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El Tribunal Supremo condenó a tres años de cárcel a un guardia civil que acosó sexualmente a una compañera en un cuartel de Tres Cantos (Madrid) durante 14 meses, causándole lesiones psíquicas de las que tardó en curar 925 días. La sentencia establece que las lesiones psíquicas a una mujer acosada pueden ser consideradas, en determinadas circunstancias, un delito autónomo distinto al de acoso, con el consiguiente aumento de penalidad. Esas circunstancias concurrieron en este caso, en el que la «grosería, gravedad y continuidad del acoso sexual», cometido por un guardia experimentado sobre una joven guardia recién ingresada en la institución, provocó no sólo el resultado típico de ese delito, como es la humillación, el estrés y la angustia propias de estas situaciones, sino una consecuencia diferenciada que determinó en la víctima una verdadera enfermedad psíquica, diagnosticada psiquiátricamente, que se prolongó en el tiempo y necesitó un prolongado tratamiento.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que ratifica el Supremo, condenó a José María Muñoz Llano a dos años de cárcel por un delito de lesiones psíquicas en concurso ideal con uno de acoso sexual, y a otro año más de cárcel por un delito de agresión sexual. Además, es condenado a pagar a la joven 46.520 euros por los días de curación de las lesiones, y otros 7.342 euros, por las secuelas.

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