La Fiscalía pide revocar el tercer grado encubierto a Jordi Sánchez

Defiende que antes de disfrutar de beneficios penitenciarios ha de tener una evaluación

Imagen del independentista Jordi Sánchez el primer día de su salida. ANDREU DALMAU

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León

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La Fiscalía ha pedido a la Audiencia de Barcelona que revoque las salidas de prisión al exlíder de la ANC Jordi Sànchez para hacer voluntariado, que ve como un «tercer grado encubierto» concedido de forma injustificada, ya que antes debería seguir en prisión un tratamiento para aprender a «respetar la ley».

Así lo sostiene la Fiscalía en un recurso que ha interpuesto ante la Audiencia de Barcelona después de que el juzgado de vigilancia penitenciaria avalase el pasado 22 de abril, en contra de su criterio, la aplicación del artículo 100.2, que la cárcel de Lledoners (Barcelona) acordó en febrero pasado para que Sànchez salga de prisión once horas al día, tres días a la semana, para ejercer voluntariado.

Se trata del segundo recurso que el ministerio público interpone ante la Audiencia de Barcelona -que es quien en este caso tiene la última palabra- contra la aplicación del artículo 100.2 acordada para los nueve presos del procés, después del que presentó en marzo pasado contra las salidas laborales del líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

En su escrito, la Fiscalía reproduce los argumentos que ya esgrimió ante el juez de vigilancia penitenciaria para que revocara el 100.2 a Sànchez, al considerar que la Junta de Tratamiento le ha concedido un «tercer grado encubierto» para el que no ve ninguna justificación en su tratamiento.

Ante la Audiencia, la Fiscalía recrimina al juez de vigilancia penitenciaria que tumbara su recurso inicial argumentando que uno de los objetivos del ministerio público era que Sànchez, que fue condenado a nueve años de cárcel por sedición en la sentencia del Tribunal Supremo a la cúpula del procés, cambiara o modificara su pensamiento o ideología política. La Fiscalía alega que no es cierto que pretenda que Sànchez cambie de ideología, sino que considera que antes de optar a beneficios penitenciarios, como las salidas para ejercer voluntariado, tendría que seguir un tratamiento en prisión que le enseñe a «respetar la ley» y que «sólo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos».

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«Si el interno no reconoce el delito, sin una mínima conciencia de haber hecho algo indebido, es muy difícil acometer un proceso de tratamiento a fin de crear esa mínima conciencia de su responsabilidad, con el objetivo de conseguir que el interno sea capaz de vivir respetando la ley penal», advierte la Fiscalía. El ministerio público argumenta que, antes de poder disfrutar de beneficios penitenciarios, resulta «indispensable» una «definitiva consolidación» en el interno de la «buena evolución de su tratamiento». «Y esa favorable evolución no se conseguirá hasta la realización total de un programa de intervención y valoración que permitirá, en su caso, deducir que en la evolución del interno se ha producido una modificación suficiente de los factores que influyeron en la comisión del delito por el que ha sido condenado».