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En los Tribunales

Condena a Aragón por no facilitar a los sanitarios EPIs

El Colegio de Médicos de León también demandó a la Consejería de Sanidad

Los sanitarios se enfrentaron al virus en un primer momento sin protección. RAQUEL MANZANARES

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León

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El Juzgado de lo Social de Teruel ha condenado al Gobierno de Aragón y al Servicio Aragonés de Salud y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales a proporcionar los equipos adecuados de protección individual (EPIs) a los sanitarios del grupo de clasificación A en todos los centros sanitarios y socio-sanitarios, públicos o privados, de la provincia.

De este modo, la jueza, Elena Alcalde, en una sentencia dictada este miércoles, estima la demanda que presentó el sindicato de médicos Fasamet contra el Gobierno de Aragón y los dos organismos que de él dependen por no proporcionar los equipos adecuados para protegerse del riesgo de contagio por el Covid-19, explican fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

El Gobierno autonómico va a presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) frente a la sentencia. El director general de Asistencia Sanitaria del Ejecutivo autonómico, José María Abad, ha declinado, en rueda de prensa, valorar la sentencia, pero ha defendido que durante todo el proceso de la pandemia, el Servicio Aragonés de Salud «ha suministrado a los profesionales los equipos de protección que en cada momento disponía».

Primera sentencia
El Gobierno de Aragón recurrirá la sentencia, la primera en España por falta de material

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (Csif) calora positivamente la sentencia. Csif espera que el Tribunal Supremo «tenga en cuenta los argumentos jurídicos planteados por el juzgado de Teruel». «Es una buena noticia porque por fin desde los tribunales se empieza a reconocer la responsabilidad de las administraciones en la falta de protección de las personas que estuvieron en primera línea contra el coronavirus», argumentan en un comunicado.

La querella de Csif contra el ministro de Sanidad, Salvador Illa, como máxima autoridad sanitaria, considera que la falta de acopio de material de protección (mascarillas, guantes, batas, etcétera) y la posterior distribución de material en malas condiciones (mascarillas fake) «suponen la vulneración de los derechos a la protección de los trabajadores y en consecuencia los presuntos delitos de homicidio y lesión imprudente».

Por su parte, el juzgado de lo Social número 1 de León celebró el pasado día 20 de mayo el primer juicio presencial de la era Covid y lo hizo para abordar la demanda del Colegio Oficial de Médicos de León contra la Consejería de Sanidad (representada en cinco gerencias en la provincia) por no haber protegido suficientemente a los profesionales en la lucha contra un virus intruso y agresivo, que infectó a un 27% de la plantilla de sanitarios, frente a países cercanos como Italia (con un 10%), Francia (un 2%) o Portugal (un 1%). La demanda por vulnerar la ley de prevención de riesgos laborales se presentó tras haber logrado la entidad colegial un fallo favorable de ese mismo tribunal a las medidas cautelarísimas que solicitó para que Sanidad facilitara Epis suficientes en 24 horas a los sanitarios, y después de constatar «que se incumplía» y se seguía poniendo «en grave riesgo» la salud de los trabajadores de la Sanidad y de los propios ciudadanos.

El Colegio Oficial de Enfermería de León también interpuso una demanda contra la Consejería de Sanidad por la falta de Epis, pero el juicio oral se suspendió el pasado día 29 por problemas telemáticos y está pendiente.

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