Primera condena por acoso sexual callejero de la ley del solo ‘sí es sí’

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León

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Dos mujeres caminaban por la calle Torneo de Sevilla cuando un hombre se les acercó en dos ocasiones. La primera, a las cinco de la madrugada, cuando ellas estaban sentadas en unas escaleras. En la segunda, hora y media después, cuando ellas volvían. En ambas, él se bajó los pantalones y se masturbó «de manera ostensible». No llevaba ropa interior. Ellas le recriminaron y él se envalentonó «conminándolas a realizarle una felación», dice la sentencia del juzgado de Instrucción 5 de Sevilla, que ha dictado la primera condena por acoso sexual callejero, contemplada en la ley del solo ‘sí es sí’.

Una de las mujeres le grabó con el móvil esa segunda ocasión, y el vídeo se reprodujo en el juicio, ratificando las versiones de la parte acusadora. Detrás de una mampara, las jóvenes le identificaron. «Al ver que lo grabábamos con el móvil, pareció que se asustó en un primer momento, pero luego le dio igual y se masturbó delante de nosotras. Lo que más me sorprendió fue que cuanto más le decíamos que se fuera, más cachondo parecía ponerse y se excitaba más», dijo una de ellas a la juez, según recogen medios locales. «Fue una humillación». En el juicio, el fiscal acusó según el artículo 173.4 del Código Penal, reformado tras la aprobación de la ley del solo ‘sí es sí’, para incluir el acoso callejero. Es la primera vez que se dictaba una condena con esta legislación, indicó la Fiscalía. La condena es por un delito leve, debido a que no hubo contacto físico.

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