La Audiencia Nacional procesa a otros cuatro jefes de ETA
- El exdirigente de ETA José Javier Arizkuren Ruiz, "Kantauri", durante el juicio en la Audiencia Nacional por ordenar el asesinato del concejal del PP Alberto Jiménez-Becerril y su esposa. EFE/Chema Moya ***POOL***
El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha procesado a otros cuatro antiguos dirigentes de ETA por el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola (Alicante), perpetrado el 4 de agosto de 2002 y en el que fueron asesinados Silvia Martínez Santiago y Cecilio Gallego Alaminos.
La resolución, fechada el 20 de octubre, acuerda el procesamiento de María Soledad Iparraguirre Guenechea, alias 'Anboto'; Juan Antonio Olarra Guridi; Ainhoa Múgica Goñi y Félix Ignacio Esparza Luri por presuntos delitos de asesinato terrorista, lesiones terroristas y daños terroristas.
Los cuatro se suman a Mikel Albisu Iriarte y Ramón Sagarzazu Gaztelumendi, contra quienes el mismo tribunal ya dictó auto de procesamiento el 9 de agosto de 2024. El magistrado considera que existen indicios suficientes para atribuir responsabilidades en la preparación del ataque a los entonces jefes militar, logístico y financiero de ETA.
El magistrado sostiene que las nuevas diligencias practicadas, entre ellas los informes policiales incorporados al sumario y las declaraciones de los cuatro investigados el pasado 9 de junio, han reforzado los indicios sobre su intervención en el atentado. La investigación sitúa a todos ellos en el Comité Ejecutivo de ETA, conocido como ZUBA, desde el que se coordinaban las distintas estructuras de la organización.
El auto detalla que el atentado fue ejecutado por el comando Argala mediante un Ford Escort acondicionado como coche bomba. Sin embargo, según la investigación, sus integrantes carecían de la infraestructura necesaria para preparar por sí mismos los explosivos, las matrículas falsas y el vehículo empleado en el ataque. Esos materiales habrían llegado desde Francia, preparados previamente por otros aparatos de ETA.
La resolución destaca que los informes de las fuerzas de seguridad atribuyen a las estructuras dirigentes de la banda "la provisión de los medios materiales necesarios para la ejecución del atentado", incluidos el automóvil sustraído, las placas falsas y el explosivo. El magistrado considera que la operación fue posible gracias a la intervención coordinada de los diferentes órganos de la organización, sometidos a las directrices de su dirección.
Uno de los aspectos más relevantes de la investigación afecta a Juan Antonio Olarra Guridi y Ainhoa Múgica Goñi, que en aquellas fechas estaban al frente de Otsagi, la estructura militar encargada del control, coordinación y abastecimiento de los comandos terroristas. En el caso de Olarra Guridi, el auto aporta un elemento concreto sobre la preparación del atentado: las matrículas falsas utilizadas en el coche bomba fueron confeccionadas a partir de información obtenida por integrantes del comando Txirrita, que posteriormente facilitaron esos datos a los responsables del aparato militar. El juez aprecia indicios de que Olarra intervino, desde su puesto de mando, en la obtención y suministro de los materiales entregados al comando Argala.
También considera que la estructura bajo su responsabilidad facilitó el vehículo utilizado en Santa Pola, previamente acondicionado para cometer el atentado. Esas actuaciones permiten al instructor apreciar provisionalmente una participación relevante del antiguo dirigente etarra en la preparación y ejecución del ataque.
Comando Argala Respecto a Ainhoa Múgica, el magistrado señala que compartía con Olarra la dirección de Otsagi y que existen indicios de su intervención en el abastecimiento de vehículos, explosivos, documentación y otros recursos necesarios para las operaciones terroristas. En concreto, la vincula con la preparación y entrega al comando Argala del automóvil y las matrículas falsas utilizados en Santa Pola, actuaciones que, según la resolución, permiten atribuirle una "participación directa en la infraestructura necesaria para la comisión del atentado".
La investigación también alcanza a Félix Ignacio Esparza Luri, máximo responsable en agosto de 2002 del aparato logístico de ETA, denominado Lohi, e integrante de su Comité Ejecutivo. Bajo su control se encontraban las estructuras encargadas de conseguir, almacenar y distribuir explosivos, vehículos robados, documentos falsificados y el resto del material utilizado por los comandos.
El juez sostiene que existen indicios de que los recursos empleados en el atentado fueron suministrados a través de las estructuras dependientes de Esparza. Su posición de dirección y control le habría permitido contribuir decisivamente a proporcionar los medios materiales imprescindibles para perpetrar el ataque.
La situación de Soledad Iparraguirre, 'Anboto', presenta una particularidad. Su presunta responsabilidad no se vincula al suministro directo del vehículo o los explosivos, sino a su papel como máxima responsable del aparato de finanzas de ETA, conocido como Diba.
Según el auto, esta estructura administraba y distribuía los recursos económicos necesarios para sostener el funcionamiento de la organización, incluidos sus aparatos militar y logístico. El instructor aprecia indicios de que Iparraguirre participó, desde aquella posición directiva, en la financiación de las estructuras que hicieron posible el atentado, garantizando los fondos necesarios para adquirir, almacenar y suministrar los medios utilizados por los comandos.
El magistrado considera que los elementos reunidos durante la instrucción permiten vincular a los cuatro antiguos dirigentes con el atentado dentro de las responsabilidades que desempeñaban en ETA. Su procesamiento se fundamenta en el artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exige la existencia de indicios racionales de criminalidad, sin necesidad de acreditar todavía plenamente su culpabilidad.
El atentado del 4 de agosto de 2002 causó la muerte de Silvia Martínez Santiago y Cecilio Gallego Alaminos, además de numerosos heridos y cuantiosos daños materiales. Los autores materiales de la colocación y explosión del coche bomba ya fueron condenados mediante sentencia firme por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
El nuevo auto amplía el procesamiento acordado en agosto de 2024 y ordena recibir declaración indagatoria a los cuatro encausados si todavía no consta practicada. La resolución puede recurrirse en reforma y, subsidiariamente, en apelación, mientras que la calificación definitiva de los delitos queda pendiente de las siguientes fases del procedimiento.