De la licenciatura a los estudios de postgrado
El Consejo de Coordinación Universitaria, el máximo órgano de decisión universitaria, ya ha aprobado el borrador de los reales decretos que regularán los estudios de grado y de postgrado. Ahora, tan sólo resta el trámite parlamentario para que entre en vigor. Estudios de grado El primer ciclo conducirá a la obtención del título de grado, para lo que será preciso un número de créditos de entre 180 y 240. Todos los planes de estudio de la misma titulación tendrán el mismo número de créditos. Estudios de postgrado El segundo ciclo, denominado postgrado, va dirigido a una especialización académica o profesional o a promover la iniciación en investigación, que dará lugar a la obtención del título oficial de máster. Serán de carácter público, y una vez implantados, serán sometidos a evaluación por la Aneca, las comunidades autónomas y las propias universidades. Estos estudios tendrán una extensión mínima de 60 créditos y máxima de 120 y será el Gobierno el que establezca una directrices generales propias y requisitos especiales de acceso. Doctorado Para acceder al doctorado, el alumno tendrá que haber obtenido un mínimo de 60 créditos en programas oficiales de postgrado o estar en posesión del título de máster. Una vez admitido, hará la tesis doctoral, consistente en un trabajo original de investigación. Sistemas de habilitación El sistema de habilitación nacional de profesorado sufrirá cambios, apenas un año y medio después de su creación, tras la entrada en vigor de la LOU, ya que se ha revelado muy complejo y costos en términos tanto humnos como económicos. El borrador establece un única convocatoria anual en vez de las tres actuales. La próxima convocatoria será la última.