Revocan la condena a un hombre que pidió a dos niñas que le masturbaran

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efe | jaén

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La Audiencia de Jaén ha revocado una condena de 9 años de cárcel, impuesta a un hombre de 32 años, por haber pedido a dos menores de 10 años que le masturbaran, al estimar el Tribunal que no constituyó un delito de corrupción de menores, al no quedar acreditado que pusiera en peligro el desarrollo personal de las niñas. La sentencia de la Sala Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén recoge que «no toda conducta de naturaleza sexual conforma la conducta típica del delito de corrupción de menores, sino sólo aquella que sea apta para generar el peligro de producir perjuicio en la evolución o el desarrollo de la personalidad del menor». En este punto, dice el texto que revoca una sentencia condenatoria anterior, el propio médico forense aseguró que tras ocurrir los hechos no se apreció alteración en las funciones psíquicas de las niñas al tiempo que pasados unos meses tampoco se llevó a cabo otra valoración psicológica que hubiera sido «interesante» para determinar el efecto en las menores. De esta forma, el tribunal sentencia que «sólo por un lenguaje procaz y obsceno» no se puede mantener una condena por un delito de corrupción de menores, de ahí que estime el contenido del recurso de apelación y revoque la sentencia del Penal en la que además de los nueve meses de cárcel se condenaba al acusado al pago de 3.000 euros.

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