La Sala de lo Penal aclara que no procede una «causa general» en delitos de jurisdicción ordinaria

La Audiencia confirma que Garzón no puede investigar el franquismo

El fallo pone fin a 40 días de polémica del magistrado y el fiscal en una crisis sin precedentes

El juez Garzón ya se había inhibido del caso el pasado 18 de noviembre en favor de los juzgados terr

Publicado por
Melchor Sáiz-Pardo
León

Creado:

Actualizado:

madrid

Punto final. La Audiencia Nacional dio ayer carpetazo a la investigación abierta por Baltasar Garzón para someter el franquismo a una revisión judicial. El Pleno de la Sala de lo Penal, tras un tenso debate de más de cuatro horas, acordó por mayoría que el magistrado no es competente para abrir una «causa general» sobre las desapariciones y asesinatos durante la Guerra Civil y la posguerra. El argumento central esgrimido por el pleno es que la ley establece que los delitos atribuidos a la dictadura pertenecen a la jurisdicción ordinaria, y no a la Audiencia, aunque sean crímenes contra la humanidad. A partir de ahora, las fosas comunes quedan en manos de los jueces locales, en quienes ya se había inhibido el propio Garzón el pasado 18 de noviembre.

La decisión de acabar con la investigación que Garzón abrió el 16 de octubre es definitiva y no cabe recurso alguno. Catorce de los magistrados, entre ellos el presidente de la sala, Javier Gómez Bermúdez, defendieron el fin del sumario frente a otros tres jueces -”Clara Bayarri, José Ricardo de Prada y Ramón Sáez Valcárcel-” que abogaron por que el magistrado siga instruyendo la causa. Los tres plantearán uno o varios votos particulares contra el fallo de la Audiencia, cuyo contenido exacto no se conocerá hasta el miércoles.

El pleno se centró en estudiar el incidente de competencia presentado el 20 de octubre por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional en persona, Javier Zaragoza, que pidió a la sala que pusiera fin de inmediato y para siempre a la «inquisición general» que, en su opinión, Garzón había desatado contra el franquismo sin respetar los principios constitucionales que rigen el proceso penal español. Y la gran mayoría de los magistrados se mostró ayer de acuerdo con los planteamientos de Zaragoza: la Ley Orgánica del Poder Judicial no dice en ningún momento que la Audiencia sea competente para conocer delitos de lesa humanidad dentro de las fronteras españolas.

Cargando contenidos...

La Sala planteó que tampoco se puede juzgar al franquismo por delitos que entonces no eran tales.