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Abogacía y procura: ocho esenciales reivindicaciones

Publicado por
Eduardo Máximo Morato López, abogado
León

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Las sucesivas huelgas de la Administración de Justicia están provocando, entre otros muchos efectos, que en la abogacía y la procura se tome conciencia de nuestros derechos (laborales, económicos y sociales). Los que los abogados/as y procuradores/as tenemos y aunque las administraciones por ausencia de presión adecuada no los hayan positivizado hasta ahora.

A la abogacía y a la procura ahora le toca «defenderse». Podríamos concretar las principales reivindicaciones a nivel nacional, y bajo una perspectiva centralizadora (lo contrario nos ha llevado donde estamos), y para variar, en los siguientes:

1.- Estatuto jurídico nacional del abogado/a y del procurador/a: donde se contemplen expresamente los derechos de abogados/as y procuradores/as de carácter laboral (huelga, conciliación, etc), económicos y sociales tanto en la prestación de servicios públicos (SOJ, asistencia letrada y turno de oficio) como en el ámbito privado.

2.- Nuevo baremo nacional de turno de oficio único: nuevo baremo a partir del actual más alto, multiplicando sus cuantías actuales por una cifra acorde a los tiempos, y actualizables automáticamente el 1 de enero de cada año conforme al IPC del sector servicios, contemplándose otras actuaciones realizadas y no remuneradas actualmente, tanto para abogados/as y procuradores/as.

3.- Nuevos criterios de honorarios orientadores a efectos de tasación y reclamación de cuenta, de ámbito nacional vinculantes a efectos colegiales y judiciales y aranceles de procuradores/as: nuevos criterios a partir del actual más alto, multiplicando su cuantías por una cifra acorde a los tiempos, y actualizables automáticamente el 1 de enero de cada año conforme al IPC del sector servicios, contemplándose otras actuaciones realizadas y no remuneradas actualmente. Y lo mismo para aranceles.

4.- Creación de líneas de ayudas y financiación sin intereses a cargo de colegios y mutualidades, para abogados/as a fin de paliar las pérdidas por las huelgas de la Admon. de Justicia (u otros eventos asimilados) y cumplir con los compromisos económicos: las líneas de ayuda se deben configurar con cargo al superávit de colegios y mutualidades, en función de parámetros económicos, que acrediten el porcentaje de pérdidas económicas de los abogados/as y procuradores/as y la cuantía de tales ayudas en función de unos tramos, simples y transparentes. Las líneas de financiación, acumulables a las ayudas, se deben configurar de forma semejante, estableciéndose un plazo de amortización razonable, y sin intereses.

5.- Creación de un régimen especial de la Seguridad Social con integración de los abogados/as y procuradores/as afectos a un servicio público (turno oficio), con integración de los encuadrados actualmente en Reta y los encuadrados actualmente en mutualidades que quieran movilizar lo aportado a la SS: consideración del encuadramiento, a determinar. Con encuadramiento y alta de oficio con carácter retroactivo desde su inicio hasta el cese en la prestación del mismo. Cuotas a abonar por la Administración (central o autonómica según el caso). Prestaciones idénticas a las de los trabajadores por cuenta ajena. Integración en tal régimen especial de los abogados/as y procuradores/as en Reta. Integración en tal régimen de los abogados/as en Mutualidad de Abogacía y procuradores/as en Mutualidad de Procuradores, que opten por movilizar lo aportado e integrarlo en la SS para la percepción de las prestaciones contratadas con la Mutualidad correspondiente en las formas determinadas en las mismas.

6.- Reconfiguración de órganos de representación y régimen de funcionamiento del conglomerado institucional-corporativo: mediante una ley, con contenido a negociar, suprimiéndose todo lo innecesario.

7.- Nueva ley de asistencia jurídica gratuita y reglamento de ámbito nacional: de ámbito nacional, adaptada a la realidad de los tiempos, con contenido a negociar, centralizando las competencias autonómicas de las consejerías de Justicia en tal materia (asistencia gratuita, gestión y funcionamiento del turno, etc) siendo asumidas por el Ministerio de Justicia, a fin de suprimir desigualdades y asimetrías territoriales inadmisibles, encomendándose a la misma la gestión de pagos inmediatos, tras justificación del inicio de la prestación del servicio, a los prestadores de tales servicios públicos, con independencia de que haya o no reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.

8.- Adopción de medidas urgentes en la implementación de nuevas tecnologías en los colegios y en la Admon. de Justicia: con la finalidad de mejorar la gestión del turno de oficio (en coordinación con la Admon. de Justicia) incluyéndose una unificación de plataformas, aplicaciones y funcionalidades en el ámbito colegial para abogados y procuradores, priorizando la implementación de la Inteligencia Artificial (IA). La IA no quita trabajo: reemplaza el trabajo de quienes no aportan nada de valor.

Acometer todo ello es cuestión de una organización que nos represente, seria, solvente y apolítica que esté dispuesta a correr esta maratón.

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