Confirman la nulidad de una póliza de crédito al haber un error en el contrato
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por el Banco de Valencia contra una sentencia que declaraba nulo el contrato de una póliza de crédito al existir un error, imputable a esa entidad financiera y al banco francés BNP, en la valoración económica de la cartera contratada.
Los hechos que provocaron el recurso ante el TS del Banco de Valencia se remontan a hace siete años, cuando una persona heredó una cartera de valores y la entidad bancaria citada, con la información recibida del BNP, le comunicó que su valor ascendía a más de 4 millones de euros. El heredero y su esposa realizaron disposiciones a crédito y al intentar mover los valores, recibieron un extracto de la cuenta en la que la valoración pasaba de ser de 2.749.000 euros a 2.749.