Sanidad pone en el punto de mira a los mayores de 26 en el paro y sin estudiar

Deberán acreditar que no ganan lo suficiente para tener la «condición de asegurado».

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daniel roldán | madrid
León

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La reforma sanitaria apareció en el BOE ayer con sorpresa. Una novedad extraña y que se centra en el acceso sanitario en España. El Ministerio de Sanidad quiso aclarar quién puede acceder a los servicios y lo que hizo fue generar más dudas. El real decreto modifica la condición de asegurado que recogía la Ley 16/2003.

La condición de asegurado la tienen todos los trabajadores de cuenta ajena o propia, pensionistas, ser preceptor de una prestación periódica o parado. También tendrán esta categoría los cónyuges o «persona con análoga relación de afectividad», ex cónyuges a cargo del asegurado y los hijos que sean «menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado o igual al 65%». Pero, ¿qué pasa con los mayores de 26 que ni trabajan ni estudian? El Gobierno solo aclara que «podrán ostentar la condición de asegurado siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos reglamentariamente». Es decir, que una persona que no trabaja ni estudia deberá demostrar ante Sanidad que no gana el suficiente dinero para tener tarjeta sanitaria propia. Pero no dice nada más.

Extranjeros

Los extranjeros que estén en España sin papeles mantendrán sus actuales condiciones de atención sanitaria hasta el 31 de agosto. Así lo recoge el real decreto sobre la reforma sanitaria que detalla las medidas que aprobó el Consejo de Ministros para ahorrarse 7.000 millones de gasto sanitario. Entre las medidas adoptadas está la de la regulación del llamado turismo sanitario.

Por una parte, se traspone el artículo 7 de la directiva del Parlamento europeo que regula la atención de comunitarios fuera de sus países, y que ha costado 917 millones anuales; y por otra parte, el cambio de la Ley de Extranjería para evitar que los sin papeles tengan los mismos derechos sanitarios que los ciudadanos españoles. Los extranjeros no registrados en España recibirán asistencia solo en dos casos: de urgencia por enfermedad grave o accidente, hasta la situación de alta médica y de asistencia al embarazo, parto y postparto. Como en la actualidad, los foráneos menores de edad recibirán asistencia en las mismas condiciones que los españoles. Esta decisión, fue criticada por la oposición y ONG, que temen un colapso de las urgencias.

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Por otra parte, se establece el copago farmacéutico, del que quedan excluidos los parados de larga duración, los preceptores de pensiones no contributivas, los afectados de síndrome tóxico, discapacitados, los que sigan un tratamiento por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y los perceptores de las rentas de integración social. La población activa pagará la mitad del medicamento, que subirá al 60% en el caso de los que ganen más de 100.000 euros. En cuanto a los pensionistas, el límite queda en 18.000 euros como renta, quienes abonarán hasta un límite de 8 euros al mes y los que la superen, 18 euros al mes. También se abonarán parte de las prótesis, los productos dietéticos y el transporte sanitario no urgente.