Condenan a 20 años a la mujer que mató a su hijo y lo ocultó en una maleta
La Audiencia de Baleares la considera culpable de un delito de asesinato.
Mónica Juanatey ha sido condenada por la muerte de su hijo.
El tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Baleares presidido por el magistrado Eduardo Calderón ha condenado a 20 años de cárcel a Mónica Juanatey, acusada de matar a su hijo de 9 años y ocultar el cadáver en una maleta en Menorca, tras considerarla culpable de un delito de asesinato con el agravante de parentesco.
El jurado popular declaró a la acusada el pasado 25 de octubre culpable de un delito de asesinato y de causar de forma intencionada la muerte de su hijo y la Fiscalía mantuvo su petición de 20 años de prisión, lo que ha sido atendido por el juez al emitir su sentencia. Mientras, la defensa solicitó que la pena fuera impuesto «en el grado mínimo de su expresión», esto es, 15 años de prisión.
El jurado tuvo en cuenta la «contundencia» del informe forense, que señala que «no hay ningún motivo que justifique ni la enfermedad psiquiátrica, ni la amnesia».
Así, el tribunal del jurado considera probado que en julio de 2008, Juanatey, siendo consciente de que el resto de los moradores del piso se encontraban en su trabajo, aprovechó para preparar un baño a su hijo y una vez que el niño se encontraba dentro de la bañera, le ahogó con la intención de acabar con su vida.
De este modo, señala que la acusada, para ahogar a su hijo y causarle la muerte, «actuó de forma súbita, sorpresiva e inesperada, lo que evitó toda posibilidad de defensa del niño».
Además, el tribunal del jurado considera que hubo alevosía, dado que la acusada aprovechó que el niño, «confiado y sin esperarse en modo alguno lo que iba a suceder, estaba ya metido en la bañera para, de forma sorpresiva y totalmente inesperada para el menor, sujetarle la cabeza con su mayor fuerza y sumergirlo en el agua manteniéndolo así hasta llegar a la asfixia total, de modo que las posibilidades de defensa quedaron por completo eliminadas».
Por otra parte, el tribunal recuerda que el jurado ha rechazado que la acusada, cuando se produjo la muerte tuviera sus facultades psíquicas completa o parcialmente afectadas o anuladas y, en esta línea, indica que el jurado, justifica la falta de cualquier trastorno psíquico en los «rotundos» informes de los cinco médicos forenses que por activa y por pasiva negaron que existiera tal trastorno».
Así, apunta que los forenses negaron tajantemente que Juanatey padeciera la «fugaz y selectiva amnesia».
El tribunal del jurado recuerda que contra esta resolución cabe interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el plazo de diez días.