Diario de León

Consejo de Ministros

El Gobierno aplaza seis meses el pago de cuotas a pymes y autónomos

Una mujer realiza teletrabajo en su casa mientras su hija juega a su lado. ENRIC FONTCUBERTA

Una mujer realiza teletrabajo en su casa mientras su hija juega a su lado. ENRIC FONTCUBERTA

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Efe

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El Gobierno ha aprobado una moratoria de seis meses sin intereses ni recargos para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y pymes correspondientes a los meses de mayo, junio y julio, aunque con algunas condiciones.

El Consejo de Ministros ha decidido aprobar este aplazamiento de pago de cuotas, así como el del pago de sus deudas a la Seguridad Social hasta el 30 de junio de este año.

La vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, ha señalado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo que al aplazamiento de seis meses del pago de estas cuotas se suma la moratoria sin intereses en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de los días trabajados en marzo.

Reducción de los intereses

Así, para abril los autónomos y empresas podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas a un interés reducido del 0,5 %, siete veces inferior al que normalmente se establece. La solicitud se debe hacer antes de los diez primeros días naturales del mes de abril.

La empresa o el autónomo que actúe a través de un profesional o de un tercero (graduados, gestores, abogados y demás autorizados del Sistema RED) podrá tramitarlo a través del mismo sin necesidad de ningún tipo de apoderamiento específico para ello.

Este aplazamiento de cuota de abril a un interés del 0,5 % es para las empresas o los trabajadores autónomos afectados por la situación provocada por el Covid-19 y no pueden tener otro aplazamiento en vigor anterior.

Aplicación limitada

No valdrá para empresas que hayan sido exoneradas de pagar cotizaciones por ERTE's 

En cuanto a las cuotas de mayo, junio y julio pueden ser abonadas seis meses después sin recargos ni intereses a la Seguridad Social y los requisitos para poder solicitar la moratoria se establecerán a través de una Orden Ministerial.

No obstante, esta moratoria no será de aplicación para las empresas que hayan sido exoneradas de pagar cotizaciones sociales por sus trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor a causa del coronavirus.

En este caso, las empresas y autónomos que no tengan derecho a la moratoria podrán solicitar el aplazamiento de sus cuotas pero solo las de mayo y junio y también con un interés del 0,5 %.

Autónomos

En cuanto a los autónomos que se han acogido al cese de actividad desde marzo, bien porque han cerrado su negocio o porque han tenido una bajada de ingresos del 75%, no deben pagar recargos por el retraso en el pago de las cuotas generadas hasta el día de dicho reconocimiento.

Para cubrir el resto de los días de marzo, estos trabajadores pueden pedir la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada hace dos semanas, que incluye, además del pago de una prestación mínima de 661 euros al mes, la exención en el pago de las cotizaciones sociales.

El Ministerio también señala que los autorizados RED estarán habilitados para gestionar los aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y las devoluciones de ingresos indebidos.

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