Diario de León

La Justicia de Galicia anula el ERE de Alcoa por «mala fe» de la empresa

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nulo el ERE de Alcoa y ha condenado a la empresa a reincorporar a los empleados afectados a su puesto de trabajo y a abonarles los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su efectiva readmisión.

El alto tribunal, por tanto, ha estimado la demanda presentada por los sindicatos CC OO, CIG y UGT frente al despido colectivo planteado por la multinacional del aluminio, con sede en San Cibrao (Lugo), que afectaría a 524 trabajadores de la planta.

La Sala aprecia «mala fe» en las negociaciones por parte de la empresa, pues asegura que su posición sobre los despidos y sus compensaciones «no ha variado ni un ápice» desde su propuesta inicial. Los magistrados concluyen que la intención de la compañía es «paralizar las cubas electrolíticas de la fábrica para su posterior cierre» y entienden que con la oferta de ERE que realizó al comité de empresa pretendía «vestir lo mismo, pero de una manera diferente». Así, destacan que ese ERE «no privaría a la empresa de la posibilidad de extinguir los contratos de trabajo una vez rematada su vigencia».

Los jueces consideran «sumamente significativo» el número de trabajadores afectados por los despidos, pues destacan que su porcentaje se aproxima al que le permite a la empresa «consolidar las ayudas recibidas de las administraciones públicas sin tener que devolverlas y, a la vez, sin impedirle el cierre de las cubas». Además, insisten en que los trabajadores mantenidos en plantilla podrían ser despedidos una vez superados los plazos de garantía de las ayudas. Todo ello permite a la Sala deducir, según explica en la sentencia, que «el fin único y primordial que guiaba a la empresa era apagar las cubas y cerrar la fábrica de la manera más rentable posible».

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