Diario de León

Afirma que la ley española discrimina a los extranjeros con domicilio fiscal en otro país

La UE denuncia a España por cobrar más impuestos a los noresidentes

La Comisión Europea ya advirtió al Gobierno de esta situación en julio del 2005

Conocidos jugadores de fútbol estuviero afectados por la normativa de no residentes

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Fernando Pescador - bruselas
León

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El tratamiento que Hacienda otorga a los no residentes fiscales en España fue ayer objeto de severo cuestionamiento por parte de la Comisión Europea, que ha decidido acudir a la Corte de Justicia para zanjar sus disputas con las autoridades españolas a cuenta de estos asuntos. Se trata de sendas disposiciones nacionales, que establecen un gravamen del 35% para los rendimientos de capital obtenidos por los no residentes fiscales (los que practican su liquidación de impuestos en un país diferente), y un tipo general de retención para sus rentas del trabajo del 25%. La Comisión entiende que este tratamiento es discriminatorio, porque a los residentes fiscales en España se les aplican tipos diferentes: del 15% para las rentas inmobiliarias y un tipo variable, basado en una escala progresiva, para las rentas del trabajo. La Comisión ha intentado resolver esta disputa con las autoridades españolas a través de un procedimiento de infracción con todas sus fases procesales: emplazamiento y dictamen motivado. A falta de un resultado satisfactorio, el Ejecutivo comunitario optaba ayer por llevar el asunto ante la Justicia europea. La Comisión invoca, en su procedimiento, la reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia sobre tratamientos fiscales discriminatorios entre residentes y no residentes, que no están justificados salvo que se dé una diferencia objetiva en la situación de ambos grupos. La Corte ya ha condenado estas prácticas como atentatorias de la libre circulación de personas y de capitales. En su recurso, la Comisión manifiesta que la diferencia de trato fiscal entre ambas categorías de contribuyentes constituye una discriminación indirecta por motivo de la nacionalidad, prohibida por el Tratado.

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