Diario de León

Luis Cid-Fuentes | Luis Cid-Fuentes, presidente de Anirca y CEO de Gomez Group Metering

El gran reto de la calefacción central

La nueva norma de eficiencia energética, en vigor desde el 7 de agosto, obligará a contabilizar de manera individual los consumos en edificios residenciales con sistemas de calefacción central. Un ahorro económico y en clave medioambiental

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El Real Decreto 736/2020 que completa la trasposición de la Directiva 2012/27/UE y que ya está en vigor en la mayor parte de la Unión Europea, fija la obligatoriedad de instalar —antes de mayo de 2023— contadores individuales o repartidores de costes en los sistemas de calefacción y refrigeración en función de la zona climática donde se encuentre la vivienda «siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable». De esta forma, el cliente final podrá conocer y optimizar su consumo real de energía y cada vivienda pagará solo por lo que consuma.

Estos dispositivos permiten un ahorro de hasta un 30% en la factura anual de calefacción a los dos años de su instalación, según un estudio impulsado por Anirca. Este ahorro equivale a unos 200 euros por hogar al año. El objetivo es evitar el despilfarro que se produce en muchas comunidades de vecinos.

El sistema para la individualización del consumo dependerá del tipo de instalación del edificio. En los construidos antes de 1997 será necesario instalar repartidores de costes en cada estufa , mientras que, en los construidos tras esa fecha bastará con un contador por hogar.

«El objetivo es ahorrar energía y que cada vecino pague sólo por la calefacción que consuma»

Los titulares de instalaciones de calefacción y refrigeración deberán solicitar un presupuesto a una empresa instaladora, que será gratuito y según el cual se determinará si la instalación es viable y rentable y, por tanto, obligatoria.

«Supone el fin de la calefacción central tal y como la conocemos y busca evitar el despilfarro»

El decreto establece unos plazos de obligado cumplimiento para solicitar ese presupuesto: 1 de febrero de 2021 para edificios de uso diferente al de vivienda y, en la zona climática E, para edificios de 20 o más viviendas; 1 de julio de 2021 en la zona climática E para edificios de menos de 20 viviendas y, en la zona climática D, para edificios de 20 o más viviendas; 1 de diciembre de 2021 en la zona climática D para edificios de menos de 20 viviendas y, en la zona climática C, para edificios de 20 o más viviendas y

1 de febrero de 2022 en la zona climática C para edificios de menos de 20 viviendas.

En caso de que el presupuesto determine la obligatoriedad, los hogares tendrán 15 meses a partir de las fechas antes mencionadas para instalar los contadores individuales o repartidores de costes de calefacción, por lo que, a 1 de mayo de 2023, todas las viviendas que no hayan sido declaradas exentas deberán tener instalados sistemas de individualización y contaje.

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