Diario de León

Dejar a los TSJ las restricciones covid menoscabó la separación de poderes

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El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que la decisión de dejar en manos de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) el aval a las restricciones sanitarias aprobadas por las comunidades autónomas tras el final del estado de alarma declarado por la pandemia de coronavirus menoscabó el principio constitucional de eficacia al que está sujeto la actuación de las administraciones públicas.

Ello porque «la exigencia de autorización judicial dificulta y demora la aplicación de unas medidas orientadas a la protección de la salud pública que se pretenden urgentes y que por tanto requieren una aplicación inmediata».

Tal y como ya se adelantó cuando se dio a conocer el fallo, el órgano ha considerado que la medida adoptada «quebranta el principio constitucional de separación de poderes». Según han indicado, la autorización judicial de las medidas sanitarias de alcance general prevista en el cuestionado artículo artículo 10.8 provocó «una reprochable confusión entre las funciones propias del poder ejecutivo y las de los tribunales de justicia».

A su juicio, dicha confusión «menoscaba tanto la potestad reglamentaria como la independencia y reserva de jurisdicción del poder judicial, contradiciendo así el principio constitucional de separación de poderes.

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