Diario de León

Tribunal Supremo

Prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato de Gabriel

La dominicana Ana Julia Quezada (d), a su salida de la Audiencia Provincial de Almería en 2019

La dominicana Ana Julia Quezada (d), a su salida de la Audiencia Provincial de Almería en 2019

Publicado por
Europa Press

Creado:

Actualizado:

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado este miércoles la condena a prisión permanente revisable dictada contra Ana Julia Quezada por el asesinato con alevosía del niño Gabriel Cruz, de 8 años de edad, ocurrido en febrero de 2018 en una finca de Rodalquilar, en Níjar (Almería).

Los magistrados han desestimado los recursos de casación interpuestos por la defensa de Quezada y por la acusación particular, ratificando así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que la condenó a prisión permanente revisable por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño, pero la absolvió de los delitos de lesiones psíquicas contra ambos progenitores.

La madre de Gabriel, Patricia Ramírez, que ejerce la acusación particular, recurrió en casación al Tribunal Supremo por considerar que los jurados no motivaron "suficientemente" su decisión en lo relativo a la exclusión del hecho referido al ensañamiento y que la magistrada-presidente entró a dar opinión tanto en relación a la agravante de ensañamiento como al resultado de la prueba pericial al dar las instrucciones a los jurados.

Quezada también acudió al TS alegando que sus derechos a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías se habían vulnerando. Esgrimió igualmente una "falta de motivación en el veredicto" y que la magistrada-presidente "guió" a los jurados y, además, intentó librarse de los delitos contra la integridad moral y sostuvo que no se habían apreciado correctamente una serie de agravantes, atenuantes y eximentes, como la de actuar bajo la influencia de drogas.

La condenada alegó asimismo ante el Supremo que no había recibido un juicio justo "al estar el tribunal afectado de falta de imparcialidad, debido a la desmedida y excepcional repercusión mediática del caso", por lo cual solicitó la nulidad del juicio y retrotraer las actuaciones hasta el momento de dictarse la resolución judicial que acuerda seguir la causa por los cauces del jurado popular.

El Supremo ha considerado un hecho probado que, "una vez en la finca de Rodalquilar, la acusada, de forma intencionada, súbita y repentina, cogió a Gabriel y lo lanzó contra el suelo o pared de la habitación y, tras el impacto del niño, procedió la acusada con sus propias manos a taparle la boca y la nariz con fuerza hasta vencer su resistencia y provocar su fallecimiento".

Además, la sentencia relata cómo, "tras la muerte de Gabriel, la acusada de forma intencionada cavó una fosa en los exteriores de la finca de Rodalquilar y, como quiera que uno de los brazos del niño no cabía, le propinó diversos cortes con un hacha, provocando la fractura del cúbito y radio".

tracking