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Debe 65.000 euros de pensiones de sus hijos y le imponen nueve meses de cárcel

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Penal 1 condenó a nueve meses de prisión a un varón, acusado de un delito de abandono de familia tras el impago de 65.500 euros correspondientes a las pensiones de sus hijos durante los últimos once años, referente al importe de la pensión de alimentos adeudada desde marzo de 2.009 hasta enero de 2.020, ambos meses incluidos, más las actualizaciones anuales de la pensión de alimentos durante este periodo.

Se considera probado que en los autos de Separación de Mutuo Acuerdo registrados ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de León, se dictó sentencia de fecha 31 de marzo de 2.005 en la que, entre otras medidas, se acordaba la obligación de que el padre abonara mensualmente la cantidad de 500 euros en concepto de pensión de alimentos a favor de la hija común menor de edad.

El padre dejó de pagar la pensión de alimentos desde marzo de 2.009, no habiendo contribuido desde entonces y hasta la fecha de ningún otro modo a la manutención y asistencia material de la hija común, pese a que en noviembre del año 2.007 emigró al extranjero para trabajar y en el año 2.013 percibió 1.150,20 euros en concepto de subsidio de desempleo, siendo propietario de dos fincas urbanas con una superficie total de 392 metros cuadrados y diez fincas rústicas que estaban a su nombre.

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