Diario de León

Dio nombre a una doctrina judicial controvertida

Parot, detenido por la Ertzaintza. DL

Parot, detenido por la Ertzaintza. DL

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Parot presentó un recurso al Tribunal Supremo ante la negativa de la Audiencia Nacional a convertir en una sola sus 26 condenas. El Supremo lo rechazó el 28 de febrero de 2006, y sentó las bases de la doctrina: «De modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad […] Si el penado ingresó en prisión en 1990, finalizará el ‘máximum’ de cumplimiento en el año 2020».

Esta decisión creó jurisprudencia, es decir, se convirtió en ley. A partir de ese momento se empieza a aplicar la doctrina Parot a todos aquellos presos condenados con el Código del 73 y con condenas largas (superiores a 30 años). A Henri Parot le habían sido imputados 82 asesinatos, que le supusieron 26 sentencias condenatorias con las que sumó casi 4.800 años de prisión.

La doctrina cambió la forma de calcular el tiempo que un criminal tiene que permanecer en prisión. La reducción de los años de cárcel (por buena conducta, por trabajos realizados, etc) se lleva a cabo de forma individual sobre cada uno de los delitos por los que el reo ha sido condenado. En la práctica esto supone que el presidiario cumplirá una condena más larga. Se empezó a aplicar en 2006, Hasta entonces la redención de la pena de cárcel se aplicaba sobre el total de la pena máxima que un condenado por el Código Penal de 1973 podía pasar en prisión.

Por ejemplo, un preso condenado a 120 años de prisión por cuatro crímenes (30 años por delito), sólo cumplía el máximo de 30. Era como si todas las condenas se refundieran en una única de 30 años. Así, a partir de esa cifra, se aplicaba la redención de penas (un día menos en la cárcel por cada dos de trabajo en ella).

El 21 de octubre de 2013, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó una sentencia que anulaba la aplicación de la doctrina Parot sobre la condena de la etarra Inés del Río. La terrorista había presentado un recurso ante este tribunal alegando que se le aplicaba la doctrina Parot de forma indebida. Le dieron la razón, y fue puesta en libertad un día después.

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