Diario de León

Tribunales

Sin efecto una condena por robo porque la identificación se practicó sin abogado

León

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La Audiencia Provincial estimó un recurso por el que un varón condenado a una pena de catorce meses de prisión por un delito de robo con intimidación, solicitaba la anulación de la pena, al entender que no se respetaron las garantías procesales.

«No hubo reconocimiento personal en el plenario porque el acusado no asistió a dicho acto y lo que ha existido, únicamente, es un reconocimiento que la victima hizo del ahora apelante, en sede policial, mediante la exhibición de una composición fotográfica que constaba de nueve fotografías entre las que la víctima identifico a la signada con el nº 2, que se corresponde con la identidad del acusado», explica la sentencia.

«La víctima, en el acto del juicio, ratificó ese reconocimiento fotográfico pero, dicha ratificación es insuficiente para dotar al reconocimiento efectuado en esas condiciones de valor como prueba de cargo por cuanto el mismo tuvo lugar, por la fase preprocesal en que se practico, sin la intervención del juez y, además, en dicha diligencia policial tampoco estuvo presente el abogado del sospechoso», sostiene el texto. «Esa falta de garantías impide otorgar al reconocimiento por exhibición de fotografías hecho en la fase policial, valor como prueba de cargo, por más que se ratificara por la víctima en el acto del juicio».

En definitiva, la Sección Tercera de la Audiencia coincide con el apelante en que la sentencia del Juzgado de lo Penal vulnera su derecho a la presunción de inocencia y, por eso, lo que procede es dictar, ahora, otra que, revocándola, absuelva libremente al apelante del delito de robo con violencia por el que viene condenado en aquella resolución».

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