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Tribunales

Una madre denuncia a un amigo de sus suegros por tocamientos a su hija

La instructora archiva la causa y la achaca a las malas relaciones con su exfamilia política

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El Juzgado de Instrucción número 4 de León archivó la causa abierta tras la denuncia de una mujer, que aseguraba que su hija había sido víctima de tocamientos por obra de un amigo de sus suegros que convivía en casa de ellos. La instructora alega en el auto de sobreseimiento provisional que las malas relaciones de la denunciante con los allegados al padre de la pequeña parecen haber motivado la denuncia.

Las actuaciones se incoaron en virtud de denuncia presentada por la madre el día 7 de junio de 2019. Manifestaba, entonces que había tenido una relación sentimental con un varón teniendo en común una hija de cuatro años de edad. Aseguró que la relación sentimental terminó en el año 2014 teniendo ella la guarda y custodia de la menor y el progenitor un derecho de visitas fines de semana alternos y la tarde de un día a la semana a su elección

Según su versión de los hechos, el día anterior, 6 de junio, le tocó el derecho de visita al padre y, por la noche, cuando la madre se dispuso a desvestir a la niña había advertido que esta presentaba la zona genital enrojecida. En la mañana del mismo día 7 de junio la menor la había dicho a la madre que un amigo de sus abuelos le había tocado sus partes cuando estaba sentada en la cama. Al advertir que la niña tenía los labios vaginales enrojecidos, la llevo inmediatamente al pediatra que había extendió un parte facultativo. Según la denunciante, el autor de los supuestos hechos se trataba de una persona que vive con los abuelos paternos de la menor, culpando la denunciante de los hechos al padre de la menor por dejarla a cargo de personas que le hacen daño.

Instrucción 4 acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones a que se refiere el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por entender que no resulta debidamente acreditada la perpetración del delito que dio lugar a la formación de la causa y, la denunciante, persistiendo en su apreciación de los hechos como presuntamente delictivos solicitó la revocación del auto recurrido y que se acordara la continuación de la tramitación de la causa.

En el informe clínico de Urgencias emitido tras evaluación de la menor el día 7 de junio de 2019 a las 14:42 horas, los facultativos que lo extienden exponían que no han advertido erosión clara en el introito vaginal de la menor. Por otra parte, la Médico Forense en Informe de 19 de julio de 2019, dejó constancia de que era la tercera vez que reconocía a la menor y que esta se encontraba absolutamente reticente, no contestando a ninguna de las preguntas que le formuló, rehusando cualquier contacto de modo que no pudo obtener ningún relato de la niña que pudiera ser evaluado con el fin de determinar si lo manifestado por la madre contiene elementos de realidad.

En el mismo sentido, en el informe pericial psicosocial de fecha 17 de julio de 2019 se relató que en la entrevista mantenido por las técnicos con la menor esta no había estado receptiva, no habiendo contestado a ninguna de las preguntas que se le realizaron, manteniendo una actitud esquiva, llegando a esconderse debajo de la mesa y silla del despacho, siendo imposible realizar un análisis de credibilidad y verosimilitud del testimonio de la menor, así como llegar a una conclusión sobre la existencia o no de una posible agresión sexual. A la vez, se concluye en dicho Informe que el contexto familiar en el se presenta la denuncia está condicionado por fricciones y conflictos entre la madre de la menor y la familia extensa paterna de la menor, de acuerdo a su versión.

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