Diario de León

Inviable

El TSJ anula el contrato para la redacción del proyecto del conservatorio de León

Pide que se investigue si hubo delito tras detectar "graves irregularidades" en la tramitación del expediente

Los terrenos que ubicarían el hipotético futuro conservatorio de música. RAMIRO

Los terrenos que ubicarían el hipotético futuro conservatorio de música. RAMIRO

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la adjudicación de la Consejería de Educación al estudio de arquitectura González Arquitectos, S.L.P.  del contrato de servicio para la redacción del proyecto básico y de ejecución, elaboración de maqueta, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud para la construcción del nuevo conservatorio profesional de música en León.

 La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ con sede en Valladolid estima así el recurso interpuesto contra la Consejería por el estudio Mata Arquitectura S.L.P., que fue excluido del concurso pese a haber presentado la oferta mejor valorada . Dicho estudio había presentado con anterioridad un recurso ante  el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, órgano que no le dio la razón.

Los magistrados, además, acuerdan deducir testimonio y remiten copia de la causa a los juzgados de instrucció n para que investiguen si las irregularidades detectadas en la tramitación del expediente administrativo son constitutivas de delito

La Sala  reconoce el derecho del estudio  de arquitectura Mata Arquitectura a ser resarcido por "los daños y perjuicios

El Tribunal considera que la decisión de la Administración  infringe la legislación porque "adolece de falta de motivación al no exponer las razones por las que es excluida la recurrente", y reconoce el derecho de ésta a "ser adjudicataria del expresado contrato". 

En el caso de que la sentencia no pueda ejecutarse, la Sala  reconoce el derecho del estudio  de arquitectura Mata Arquitectura a ser resarcido por "los daños y perjuicios que se le hubieran causado, consistentes en el lucro cesante de los beneficios del contrato, cuya cuantía se determinará, en su caso, en ejecución de sentencia, con imposición de las costas a la parte demandada" con un máximo de 2.000 euros

 

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