Diario de León

Los daños «irreparables» y los que se acreditan

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La Federación de Castilla y León de Caza y las organizaciones profesionales agrarias entienden que la suspensión cautelar de la caza del lobo obedece a la mayor influencia de los postulados ecologistas, pues la resolución del TSJ sustenta la medida cautelar de suspensión al considerar que los efectos de la caza del lobo «serían irreparables», mientras que los posibles daños que el cánido «pueda causar no lo son porque no están acreditados, ni siquiera a la vista del informe pericial presentado por la Administración», que recoge los datos anuales de ataques e indemnizaciones, «denegando así la exigencia de una garantía económica a los anticaza» en la aplicación de la medida, encaminada a resarcir de los daños que pudiera causar el lobo, al suspenderse un aprovechamiento que permite el control poblacional del depredador.

Esta interpretación «nos parece un despropósito y consideramos que incumple la ley», señalan la federación y los agricultores, que consideran que haber recurrido el auto del TSJ ante el Tribunal Supremo hubiera resultado «inútil a efectos prácticos».

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