Diario de León

Los jueces consideran que el cáncer que padece la sevillana es por el sufrimiento del proceso

Andalucía deberá pagar 1,4 millones a la madre a la que quitó a sus hijos

El gobierno regional asumió la tutela de los niños debido al alcoholismo de la mujer

Mari Carmen Fernández, en un acto durante el proceso judicial

Mari Carmen Fernández, en un acto durante el proceso judicial

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efe | sevilla

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a la Junta de Andalucía a indemnizar con 1.400.000 euros a Carmen Fernández por el «calvario» sufrido con la retirada de sus hijos Iván y Sara en un proceso «absurdo» en el que además han sido «pisoteados» los derechos de los menores a estar con su madre. La sección Sexta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, critica el proceso judicial «absurdo, sorprendente y carente de todo fundamento legal» utilizado por el juez de Familia 7 de Sevilla, Francisco Serrano, que «de manera subjetiva, procedió a ampliar los plazos procesales» y dictó sus resoluciones en forma de sentencia, y no de auto, «atribuyéndose facultades legislativas». La Junta asumió la tutela de los niños cuando tenían cuatro y cinco años, debido al alcoholismo que entonces sufría la madre, y los dio en acogimiento a una familia de Dos Hermanas (Sevilla), de ahí que una vez superada su enfermedad haya sido incapaz de recuperarlos pese a que su abogado, Gabriel Velamazán, ha ganado todos los pleitos entablados desde 1996. La Audiencia relata el «largo y tortuoso calvario» sufrido por la madre durante los diez años que ha pasado sin sus hijos y dice que en ese tiempo han sido «ignorados y pisoteados» los derechos humanos elementales de los hermanos a la «afectividad, convivencia, ligazón natural y proximidad con su madre». Por ello, la Audiencia anula la decisión del juzgado de Familia, que solo concedió a Carmen Fernández los 72.000 euros equivalentes a la pérdida de sus hijos en un accidente de tráfico, y le concede un amplio abanico de indemnizaciones que tienen en cuenta el cáncer que padece y que los jueces consideran «consecuencia directa o indirecta del sufrimiento soportado» y por lo tanto «lesión sufrida de manera ilegítima». Según la Audiencia, «se mire por donde se mire, ningún parangón es posible establecer entre un fallecimiento por accidente de tráfico con la ilegítima privación de unos hijos desde hace diez años, con muy graves circunstancias que se agravaron hasta extremos de difícil narración». Parte de la indemnización es por la frustración de la madre al ver que perdía su «razonable expectativa» de recuperar a sus hijos, realidad que «se alejaba más y más, recreando un dolor que iba in crescendo, cual si a un cuerpo se le van arrancando de forma lenta pero progresiva los distintos miembros». En el 2004, la niña, que tenía 13 años, dejó voluntariamente a sus padres de acogida y regresó con su madre biológica, pero según los jueces no se puede considerar que Carmen la haya recuperado porque «la relación nunca podrá ser idéntica después de haber perdido toda la niñez e infancia». Además, «el estado de salud con que ha regresado hace presagiar todo un calvario en el desarrollo y tratamiento de la personalidad de la menor», dice la sentencia de los jueces.

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