Diario de León

FAMILIAS

Los trabajadores dispondrán de hasta nueve días pagados al año para cuidar a familiares

El Consejo de Ministros da el visto bueno a la ley que aumenta los permisos y ayudas a los hogares y prohíbe el 'pin parental'.

Imagen de archivo de una madre junto a sus hijos. JESÚS F. SALVADORES

Imagen de archivo de una madre junto a sus hijos. JESÚS F. SALVADORES

Publicado por
Alfonso Torices
León

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Los asalariados españoles dispondrán de un máximo de nueve días pagados al año para cuidar a sus familiares más directos o a las personas con las que conviven. Es una de las medidas que incluye el anteproyecto de ley de familias al que este martes dio su primer visto bueno el Consejo de Ministros.

Su promotora, la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, está convencida de que, pese a los plazos son más que justos, la norma se aprobará antes del fin de la legislatura.

La ley busca garantizar la igualdad de derechos de cualquier modelo de convivencia (matrimonio, pareja de hecho, monoparental, LGTBI, acogida) e incorpora nuevos permisos y prestaciones para cuidados y beneficios para las familias más vulnerables, especialmente las monoparentales.

Estas son algunas de sus novedades:

  1. Nueve días para cuidados familiares: La ley crea un permiso remunerado de hasta cinco días al año para cuidar a familiares ante casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica ambulatoria que precisa de reposo del marido, hijos, padres, hermanos, nietos o de cualquier otro conviviente. Belarra pretendía que abarcase siete días (nueve si había que salir de la autonomía), pero Hacienda puso al final el tope en cinco.
    Esta licencia se completa con otro permiso de hasta cuatro días anuales, que se puede coger por horas, para afrontar urgencias e imprevistos médicos del mismo colectivo de allegados aunque no sean graves. Se destina a ausencias laborales por problemas familiares de fuerza mayor que requieran de una atención inmediata, como desplazamientos a urgencias, fiebre de un hijo, acompañar al médico al marido, etcétera. Se mantienen los actuales dos días de permiso remunerados por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado.
  2. Ocho semanas en ocho años: Todos los progenitores dispondrán de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años, pero en este caso el permiso no estará retribuido. Lo pueden coger al completo tanto un progenitor como el otro, por días o por semanas, pero nunca uno solo de ellos sumado (16 semanas) porque es intransferible.
  3. Avance del permiso de natalidad: El padre o la madre no gestante podrá anticipar los diez días previos al nacimiento de su hijo el comienzo del disfrute de las 16 semanas de libranza laboral pagada a que da derecho el permiso parental.
  4. Extensión de la renta crianza: Realiza una extensión casi universal del cobro de la renta crianza de 100 euros al mes a que tienen derecho las progenitoras con hijos de hasta tres años. Ahora solo lo cobran las madres trabajadoras o con derecho al ingreso mínimo vital. La ley lo amplía también a las que hayan cobrado subsidios de paro en alguna ocasión o tengan cotizados al menos 30 días a la Seguridad Social desde el parto. Se quedan fuera las que no han trabajado nunca, pero se pagará el 100% de la prestación a las que tengan empleo temporal o a tiempo parcial. Habrá entre 200.000 y 250.000 nuevas beneficiadas.
  5. Quince días por pareja de hecho: Las parejas de hecho que oficialicen su unión sentimental con su inscripción en el registro tendrán derecho a disfrutar de los mismos 15 días de permiso laboral remunerado que desde hace años disponen las personas que se casan, quienes se convierten en un matrimonio. Se trata de la misma igualdad de derechos que garantizará a las uniones de hecho una pensión de viudedad, la posibilidad de uso de los cinco días para cuidados de familiares o cualquier otro beneficio o ayuda que tiene actualmente un matrimonio.
  6. Las nuevas familias numerosas: Amplía el concepto de familia numerosa que da derecho a recibir ayudas directas, beneficios fiscales, bonificaciones en el transporte o prioridad en el acceso a becas, vivienda o al bono social eléctrico.   Con la reforma, las familias con esta categoría se llamarán "con mayores necesidades de apoyo a la crianza" e incluirán, además de las de tres o más hijos, a las monoparentales con dos hijos a cargo, las de cualquier clase con dos hijos que tengan un padre o un hijo discapacitados, los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género o por un progenitor con la guardia o custodia exclusiva de los hijos, pero no se le ha asignado una pensión, y a las familias con dos hijos en las que un progenitor lleve en tratamiento hospitalario al menos un año o que haya ingresado en prisión.
  7. Eleva a la categoría especial a las familias con cuatro o más hijos (ahora eran cinco), a las de tres hijos de parto múltiple (ahora eran cuatro) y a las de tres hijos con bajos ingresos (hasta 150% del Iprem).
  8. Prohíbe el 'pin parental': La norma declarará prohibido que los padres o tutores de los menores de edad den órdenes a los centros educativos para excluir a sus hijos de cualquier clase, asignatura, acto informativo o actividad escolar que incluya contenidos sobre diversidad familiar, que informe sobre familias no casadas, LGTBI o de cualquier otro tipo distinto al matrimonio heterosexual. Es el mecanismo que partidos como Vox denominan 'pin parental' y con el que intentan eludir estos contenidos en la escuela.
  9. Monoparentales y vulnerables: Las familias monoparentales, casi todas encabezadas por una mujer y la mitad de ellas en situación de pobreza o en alto riesgo de padecerla, tendrán prioridad para el acceso a otra serie de beneficios y ayudas de las administraciones, como por ejemplo a la asignación de plazas públicas de la primera etapa de educación infantil.
  10. Atención temprana garantizada: La norma obligará a todas las administraciones a garantizar la atención temprana de todos los niños con trastornos del desarrollo, algo no asegurado hoy dependiendo de la comunidad autónoma en que se viva.
  11. Ampliación de pensiones y subsidios: La norma amplía toda una serie de pensiones y subsidios a las familias diversas. El subsidio por nacimiento no contributivo se le pagará también a padres adoptantes y familias de acogida; la pensión de orfandad se pagará un año más, hasta los 26; y se ampliarán los permisos laborales de cuidados de menores con cáncer o con enfermedades graves hasta los 26 años en caso de discapacidad.
    De igual forma se amplía el alcance del Fondo de Garantía de Alimentos, el gasto público que asegura la comida a menores a los que su progenitor (separado, divorciado) no abona la prestación a que le ha obligado el juez, a los hijos de parejas de hecho registradas y a los chicos mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.
  12. Nuevas causas de despido nulo: El Estatuto de los Trabajadores ampliará las causas de despido nulo a la rescisión del contrato laboral de cualquier empleado que en ese momento esté disfrutando del futuro permiso de cinco días para el cuidado de familiares enfermos o del también nuevo permiso para crianza de ocho semanas.

Lo que se quedó por el camino En el tira y afloja de un año entre Belarra y los ministerios socialistas se han quedado por el camino dos importantes medidas que pretendía implantar la titular de Derechos Sociales.

Quería ampliar de forma progresiva el permiso parental de las 16 semanas actuales a 24 para cada progenitor y, sobre todo, extender la misma licencia a no menos de 26 semanas para el progenitor de hogares monoparentales, al tiempo que le permitía ceder semanas a algún familiar directo para que le ayudase con la crianza y no tuviese una ausencia laboral tan prolongada, lo que podría penalizarle en la búsqueda de trabajo.

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