Diario de León

El caso del hormigón se zanja sin ninguna condena después de 15 años de denuncias

El juez aprecia «una posibilidad verosímil de culpa» pero absuelve a Martínez Núñez y a los otros cuatro acusados

Sindo Castro, declarando ante el juez en noviembre, con Villanueva, Melcón y los hermanos Pintado.

Sindo Castro, declarando ante el juez en noviembre, con Villanueva, Melcón y los hermanos Pintado.

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M. FÉLIX | PONFERRADA
Ponferrada

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Todos libres y sin cargos. Quince años después de que el industrial del hormigón leonés Sindo Castro comenzase a ser objeto de hasta nueve sabotajes con incendios y explosivos en sus propiedades e incluso integridad física, los cinco acusados de tales hechos -"incluido su competidor directo en este negocio, José Martínez Núñez, y los responsables de la agencia de detectives D-™Ajenti-" han sido absueltos. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada, Óscar Hernáiz, firmaba y daba ayer a conocer este fallo judicial. En resumen viene a decir que, aunque la suma de los indicios y sospechas «permitiría concluir una posibilidad verosímil de culpa en los acusados», no existen pruebas directas, ni testigos presenciales, para condenarlos, dado que el ordenamiento jurídico hace prevalecer el principio de presunción de inocencia.

Según expresa textualmente el juez, «en el presente caso existen indicios para sospechar la participación de los acusados en los hechos denunciados, sospechas que hacen verosímil la acusación dirigida frente a ellos, pero estos indicios no han despejado todas las dudas que planean sobre extremos relevantes de la causa, el móvil del delito y su autoría».

Las escuchas telefónicas practicadas por efectivos de la Guardia Civil a los encausados, como una de las principales pruebas incriminatorias, fueron anuladas. Y ello por entender que se produjo «vulneración de los requisitos legales» para poder obtenerlas. Sí fueron válidos para el juez los registros domiciliarios. Con estos precedentes, el magistrado Óscar Hernáiz explica que decidió no condenar a ninguno de los acusados, apoyándose en siete cuestiones básicas. La primera de ellas es que no existen pruebas directas encontradas en los lugares del delito «que permitan imputar una autoría clara» en ninguno de los delitos enjuiciados.

La sentencia resalta que no hay testigos presenciales de los actos de sabotaje que hayan podido identificar a los autores materiales. Un tercer extremo que aduce el dictamen judicial es que existen «dudas» sobre la implicación de cada uno de los causados en los hechos delictivos. También aprecia el juez dudas sobre «la validez y eficacia probatoria» de las declaraciones del industrial Sindo Castro, del testigo protegido y de la incriminación de los documentos encontrados al fallecido, el venezolano Rafael Wolfang, así como de la declaración de su viuda.

La sentencia pone en duda las declaraciones del testigo protegido como otra de las pruebas de cargo, por entender que aunque no lo admitiera, pudo haber cobrado del denunciante para decir lo que dijo en el juicio. Este testigo protegido vinculó claramente a Martínez Núñez con los sabotajes a Sindo Castro al declarar detrás de un biombo en el juicio, el pasado 15 de noviembre. La sentencia alaba «el profesional y laborioso» trabajo de investigación llevado a cabo por la Policía Judicial de la Guardia Civil de Ponferrada y de la Unidad Central Operativa, pero concluye que no hay pruebas que determinen la autoría de los hechos criminales «fuera de toda duda».

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