Diario de León

El TSJ ya anuló un acuerdo y sentó jurisprudencia

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La pequeña Junta Vecinal de El Acebo se hizo famosa el año pasado en el contexto jurídico. El acuerdo que había adoptado en el 2007 para controlar la gestión del agua al margen del Ayuntamiento de Molinaseca se realizó sin la participación de ningún funcionario municipal. Quince vecinos de la pedanía recurrieron y el TSJ les dio la razón, convirtiéndose el fallo en referencia jurisprudencial para cualquier junta vecinal a la hora de adoptar acuerdos de relevancia pública especial sin el refrendo de un secretario o un funcionario municipal.

Uno de los motivos fundamentales por el que se anuló la tasa del agua del Acebo fue el hecho de que la reunión de sus dirigentes de la pedanía se realizó sin estar presente el secretario municipal, en este caso de Molinaseca. La sentencia del máximo tribunal regional creó un precedente inexistente hasta este instante.

A partir de ese dictamen judicial cualquier acuerdo de cualquier pedanía puede ser anulado si no está presente para dar fe del acto un secretario municipal. Los magistrados del TSJ declararon: «La nulidad radical de la citada ordenanza, quedando sin efecto jurídico alguno», respecto a la acción del 2007.

Esto no ha arredrado a los responsables del Mass al frente de la pedanía de El Acebo, que inmediatamente abordaron una una iniciativa para gestionar directamente el suministro de aguas. Un asunto que vuelve a verse rodeado de polémica no sólo en el pueblo, sino también en el ámbito judicial por presunta falsedad documental.

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