Diario de León

El pabellón del Castillo de Ponferrada se podrá mantener sólo dos años como máximo

Patrimonio desestima la petición del Ayuntamiento para prorrogar cinco años la instalación

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Efe

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La Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de León ha desestimado la

solicitud del Ayuntamiento de Ponferrada de ampliar por cinco años la

autorización para la instalación de un pabellón en el Castillo de los Templarios

de esta ciudad y ha limitado el permiso a un máximo de dos años, hasta

2014.

La Comisión había autorizado el pasado mes de

noviembre el proyecto de ejecución de un pabellón temporal, con el fin de

garantizar la conservación de unos restos arqueológicos hallados en la

zona.

Sin embargo, había obligado a incluir en dicho

proyecto el montaje y el desmontaje de la instalación, pues consideró que su

temporalidad era la única razón que permitiría su autorización, dado que el Plan

Director del Castillo de Ponferrada y la normativa aplicable en materia de

patrimonio cultural no permiten ninguna alteración volumétrica en esta zona,

según han informado hoy fuentes de la Junta de Castilla y León .

El Ayuntamiento de Ponferrada ha justificado su

última solicitud de prórroga del pabellón, durante al menos cinco años, con la

necesidad de utilizarlo para la prestación de diversos servicios expositivos,

organizativos, de atención y recepción al público u otros de carácter didáctico

y promocional.

Asimismo, el Director de Museos de Ponferrada,

Javier García Buesos, defendió durante la Comisión, según las mismas fuentes, la

necesidad del pabellón legando que el castillo está incluido como recurso

prioritario y sede de eventos de singular relevancia, entre los que figura la

celebración de los campeonatos del mundo de ciclismo, que tendrán lugar en

Ponferrada en 2014.

La Comisión Territorial de Patrimonio ha

desestimado los cinco años solicitados por el Ayuntamiento de Ponferrada y ha

concedido una prórroga de dos años, plazo que "no será susceptible de nueva

ampliación", teniendo en cuenta que es la temporalidad de la misma la única

razón que justifica su autorización

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