Condenan a Ponferrada a devolver una parte del impuesto sobre construcciones
El Ayuntamiento reintegrará 7.200 euros por una promoción de 71 viviendas.

El barrio de La Rosaleda en primer término, con el centro de Ponferrada al fondo.
El servicio de recaudación del Ayuntamiento de Ponferrada estaba cobrando hasta ahora de más por el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (Icio) a los promotores o cualquier ciudadano que quisiera construir una vivienda. Eso es lo que acaba de ratificar una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León —ya sin posibilidad de recurso—, que condena al primer Ayuntamiento berciano a devolver 7.246,96 euros a la empresa Gesoupar S.L. por la liquidación definitiva del citado Icio. Es por las obras de construcción de un edificio de 71 viviendas en la calle Camino del Francés y cuyo expediente se retrotrae al año 2009. En este caso, los tribunales reducen a 2,3 millones de euros la base imponible sobre la que aplicó este impuesto.
Los promotores de viviendas venían abonando al Ayuntamiento en torno al 3% del presupuesto de la promoción. A la hora de elaborar la factura de este impuesto, los servicios de recaudación aumentaban las cifras de la base imponible del impuesto de construcciones, incluyendo el denominado Beneficio Industrial de Gastos Generales (Bigg). Es precisamente este «beneficio industrial» el que ahora, con fecha del pasado jueves 4 de abril, el Juzgado de lo Contencioso ha sentenciado que su aplicación es completamente ilegal, «por no ser ajustado a derecho». El beneficio industrial viene a suponer en torno al 19% del coste global del Icio, el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
Aunque ya existía jurisprudencia, la sentencia da un toque de atención a partir de ahora al Ayuntamiento de Ponferrada, en donde la recaudación anual del Icio llegó a ser muy importante para el presupuesto general municipal, debido a que —como se recordará— en los buenos momentos del sector de la construcción se expedían hasta mil licencias al año.
Se da la circunstancia de que ya existían sentencias del Supremo contra este impuesto, pero en Ponferrada se venía aplicando la demasía de este pago sin tener en cuenta la jurisprudencia. En parte y principalmente porque la mayoría de los promotores optaba por no acudir a los tribunales y no reclamar la devolución del denominado Beneficio Industrial de Gastos Generales. Éste se producía cuando desde el servicio de recaudación externalizado se revisaban los permisos generales de las promociones de viviendas. Algún promotor que trabajó en Ponferrada, según confirmó a este periódico, prefería ni tan siquiera poner la mínima objeción y pagó sin quejarse del impuesto con la demasía de la base imponible de la promoción.