Diario de León

Acepta dos años de prisión por abusar de una niña de ocho años

El condenado vivía en Salas de los Barrios y los hechos ocurrieron en Lombillo.

Fachada principal de la Audiencia Provincial.

Fachada principal de la Audiencia Provincial.

Miguel Ángel Zamora
León

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Un varón de 36 años, vecino de Salas de los Barrios, aceptó una pena de dos años de prisión tras reconocerse autor de un delito de abusos sexuales cometido sobre una menor en la Bodega de Lombillo en julio del 2010.

De acuerdo al texto de la sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León declara expresamente probados por conformidad los hechos. Sobre las 23,30 horas del día 11 de julio del 2010 el acusado, mayor de edad, y con antecedentes penales cancelados o susceptibles de cancelación, se aproximó a la menor de edad, que tenía ocho años en el momento de los hechos y se encontraba con sus familiares en la Bodega de Lombillo y, actuando con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, procedió a realizarle tocamientos por debajo del vestido y por encima de las bragas, tocándole los genitales, consiguiendo la niña alejarse e ir a contar lo sucedido a sus familiares, siendo detenido el acusado por estos hechos al día siguiente.

Plena conformidad

Habiendo mostrado el defensor su plena conformidad con la acusación formulada por el Ministerio Fiscal al comienzo del juicio oral, siendo la pena solicitada inferior a seis años de prisión y ratificada la conformidad por el acusado presente, entendiendo el tribunal que la calificación aceptada es correcta y la pena procedente según dicha calificación, se está en el caso de dictar, sin otras consideraciones, sentencia de conformidad con la calificación y pena mutuamente aceptada. El Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente una pena de tres años y seis meses de prisión, que de haber sido impuesta hubiese comportado el ingreso del procesado en el Centro Penitenciario Provincial. En virtud del acuerdo de conformidad, la sala decide «que debemos condenar y condenamospor su conformidad al acusado como autor de un delito de abusos sexuales, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de dos años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, prohibición de aproximarse a la menor a menos de 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años».

También se le obliga «a que indemnice en 1.000 euros a los legales representantes de la menor y al pago de las costas procesales. La presente sentencia fue dictada in voce y anunciada por las partes su decisión de no recurrirla por lo que se declaró firme».

«Se tiene por solicitada la suspensión condicional de la pena de prisión y favorablemente informada por el Ministerio Fiscal, petición sobre la que deberá pronunciarse la sala», explica la sentencia, que firma el presidente de la Sección Tercera de la Audiencia, Luis Adolfo Mallo.

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