Diario de León

La Audiencia Provincial anula la expulsión de un socio de Ambi que pidió transparencia

. Estima parcialmente la apelación de Fernando Espantoso y le restituye en su condición de socio.

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La Audiencia Provincial de León ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el socio de la Asociación de Minusválidos del Bierzo (Ambi), Fernando Espantoso, contra la sentencia del juzgado número seis de Ponferrada que ratificaba su expulsión y avalaba la exigencia de anunciar la impugnación de la asamblea en la que se informó de las cuentas antes de votar sus acuerdos.

El fallo de la Audiencia revoca parcialmente la sentencia del juzgado de primera instancia y declara nula expulsión de Espantoso, que había reclamado más transparencia en la gestión económica de Ambi, aprobada en la asamblea general de Ambi del pasado 21 de junio de 2012.

Los magistrados rechazan los argumentos de la dirección de Ambi para expulsar a Ventoso, que encabezó una candidatura alternativa en las elecciones de la asociación, y tras analizar la documentación entienden que el apelante no dio motivos suficientes como para que le echaran del grupo. Los jueces no aprecian «ni una sola llamada al orden» en las intervenciones de Espantoso en la asamblea del 19 de diciembre de 2011, que «no deja entrever que se hubiera producido ningún desorden o alteración». Tampoco pueden apreciar si hubo difamación a los miembros de la Junta Directiva en la nota de prensa publicada por este periódico en la que el grupo de Espantoso denunciaba públicamente una supuesta falta de transparencia a la hora de informar de las cuentas. Y también entienden que sin la carta supuestamente dirigidas por Espantoso tampoco pueden apreciar si puso en tela de juicio el buen nombre de Ambi, como le reprocha la directiva, algo que «en todos caso se trataría de una infracción leve que no daría lugar a la expulsión».

La Audiencia reconoce además el derecho a la libertad de expresión de Espantoso.

Los magistrados sí mantienen que la exigencia de la dirección de Ambi para que los socios aclararan su intención de impugnar los acuerdos de la asamblea antes de votarlo no es contraria al ordenamiento jurídico.

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