Diario de León

EL CRIMEN DE LAS MALETAS

Quince años de cárcel para el indigente que asesinó y descuartizó a su pareja

Manuel Dos Anjos deberá pagar 346.000 euros a los cinco hijos de su victima.

Manuel Dos Anjos, esposado durante el reciente juicio en la Audiencia Provincial.

Manuel Dos Anjos, esposado durante el reciente juicio en la Audiencia Provincial.

Ponferrada

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Asesinato consumado con el agravante de parentesco y el atenuante de la confesión. Es el delito por el que la Audiencia Provincial de León ha condenado a pasar 15 años de cárcel a Manuel Dos Anjos Machado, el indigente que mató y descuartizó a su pareja el 17 de noviembre de 2012 en la nave abandonada donde residían en Bembibre. Después de que el jurado lo haya considerado culpable del llamado ‘crimen de la maleta, el magistrado que presidió el juicio con jurado, Manuel Ángel Peñín, también le condena a pagar una indemnización de 346.000 euros a los cinco hijos de la víctima, Rosa del Mar Jiménez, 312.000 de ellos para los tres menores de 13 y 16 años, que se encuentra bajo la tutela de la Junta de Castilla y León.

El magistrado no tiene ninguna duda de que el acusado tenía «intención de matar» porque «después de una discusión de pareja», agredió a su víctima con un cuchillo que se encontraba sobre la mesa y «de modo sorpresivo» y «sin que Rosa del Mar tuviese posibilidad alguna de defenderse del ataque, se lo clavó por dos veces», en la yugular y en el esternón, por lo que descarta la tesis de la defensa de que se trató de un homicidio y no un asesinato.

La sentencia resalta el agravante del parentesco porque la pareja convivía desde hacía dos años y el atenuante de la confesión del autor del crimen, tres días después en una Comisaría de La Coruña, a donde había huido tras descuartizar a la víctima, esconder su cuerpo en dos maletas y limpiar y quemar todo rastro del asesinato.

«Frialdad» del autor

Por este motivo, la condena se queda en 15 años, la pena máxima por asesinato existiendo un atenuante. El magistrado reconoce que la confesión de Dos Anjos, «dando detalles» del crimen «y del lugar donde se encontraba el cadáver» «facilitó sobremanera el descubrimiento del delito», pero también menciona la «frialdad de ánimo que reveló el acusado al trocear el cadáver», para justificar la condena en grado máximo para casos con atenuantes, además de la «inhabilitación absoluta» durante el mismo periodo de tiempo. Dos Anjos también deberá pagar las costas del proceso, incluyendo las de la acusación particular. La hermana de la víctima se había personado para lograr que condenaran al autor del crimen por acusado y no por homicidio, además de la Asociación Clara Campoamor, al tratarse de un caso de violencia de género.

Contra la sentencia del Tribunal del Jurado cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de diez días.

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