Diario de León

Condenan a 46 años al monitor de natación que abusó de 16 niños

La Audencia sentencia a Rafael Prado por 16 delitos de abusto sexual y uno contra la intimidad.

El monitor del club madrileño que trajo a los niños a Carucedo, el pasado 9 de marzo a su llegada a la Audiencia Provincial. RAMIRO

El monitor del club madrileño que trajo a los niños a Carucedo, el pasado 9 de marzo a su llegada a la Audiencia Provincial. RAMIRO

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

C. F. C. | PONFERRADA

El fiscal pedía para él 232 años de cárcel y finalmente han sido 46. La Audiencia Provincial de León considera culpable de 16 delitos de abuso sexual, doce de ellos continuados, y de uno de revelación de secretos al monitor de natación Rafael Prado Fernández, que ha sido, sin embargo, absuelto de los 16 delitos de corrupción de menores y uno de abuso sexual de los que también se le acusaba por los hechos sucedidos en los veranos de 2011 y 2012 en campamentos de verano en Lago de Carucedo y en la localidad cacereña de Guijo de Sanata Bárbara y por las grabaciones que efectuó en los vestuarios de las piscinas del Club Deportivo Parque Móvil de Madrid desde al menos el año 210 hasta el 2012.

La defensa de Rafael Prado, que pedían la libre absolución por entender que actuó bajo los efectos secundarios de un medicamento contra el Parkinson y todavía puede presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, ha visto como los magistrados de la Audiencia, en vista del testimonio de los expertos, consideran que el acusado «estaba en plenitud de sus capacidades cognitivas y volitivas», «no encontrándose las mismas anuladas, deterioradas ni mermadas por la pedofilia que padecía, ni por el medicamento Artane que estaba tomando para el tratamiento de la enfermedad neurológica que padecía».

El fallo de la Audiencia condena además al monitor —en prisión desde su detención en noviembre de 2012 después de que su mujer lo denunciara al descubrir las películas en DVD y CD de los abusos en Carucedo y en Cáceres, grabados con un equipo de infrarrojos, y de la cámara oculta en los vestuarios de Madrid— a un multa de 18 meses a razón de seis euros diarios por el delito de revelación de secretos, y a indemnizar a las víctimas con una cantidad total de 39.000 euros, tres mil para cada uno de los 12 menores a los que sometió a abusos sexuales continuados y mil a los cuatro menores de los que abusó de forma no continuada.

Los magistrados entienden que ante el «altísimo riesgo de volver a cometer los mismos o similares hechos, caso de tener contacto con los niños», procede prohibir al condenado acercarse a menos de 200 metros de los menores y comunicarse con ellos en un plazo de seis años para los que sufrieron los abusos sexuales continuados, y de cuatro años para los escolares de los que abusó de forma no continuada. Los jueces decretan además una medida de libertad vigilada para el acusado durante los cinco años posteriores al cumplimiento de las penas de cárcel.

La sentencia considera probado que Rafael Prado Fernández abusó de los niños «en horas de madrugada» y «mientras estaban dormidos» mediante «un plan preconcebido» y «con perfecto conocimiento de lo que estaba haciendo procedió por sí mismo a grabar, utilizando una cámara de infrarrojos de visión nocturna, cada uno de los actos que el propio acusado realizaba sobre cada uno de los menores», hasta sumar un total de 47 «actos de naturaleza sexual.

La sentencia todavía no es firme y las partes pueden recurrirla ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. En caso de insolvencia del condenado, los menores pueden acogerse a la Ley que fija las ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos contra la libertad sexual.

tracking