Otros casos en Molina y Truchas, entre las 1.200 pedanías de León
Castilla y León cuenta con más de 2.200 juntas vecinales, y sólo la provincia de León tiene más de 1.200 pedanías. En la mayoría de estas juntas vecinales, se ha designado como secretario a vecinos de la localidad, sin que ejerza estas funciones el secretario municipal, y si fueran impugnados por cualquier persona con fundamento en la inasistencia del secretario municipal, por sentencia todos los acuerdos adoptados serían nulos, «con los perjuicios que ello puede conllevar, porque hay juntas vecinales que manejan grandes cantidades de dinero derivado del aprovechamiento de sus bienes comunales y patrimoniales, por ejemplo de aprovechamientos de madera, canteras, pasto y demás», explica el abogado Javier Barrio.
Si no lo hay en el Ayuntamiento secretarios municipales que cubran el servicio, debe realizarse mediante la asistencia de secretarios de la Diputación Provincial o por acumulación. Es decir, el secretario cubre su Ayuntamiento, otro Ayuntamiento y otras Juntas vecinale. La ausencia del secretario oficial en las actas de las pedanías supone «la nulidad radical» de todos los acuerdos, «ya que su inasistencia supone tanto defectuosa constitución del órgano como defectuosa deliberación y toma de acuerdos por la junta vecinal», indica Barrio. Esta sentencia de Sotillo (Benuza) es otra más de las que en hace bien poco ha ganado sobre este mismo tema y con el mismo resultado. Hace poco interpuso recurso frente a la constitución de la Junta Vecinal de Iruela (Truchas) y ganó. Lo mismo que la del TSJ contra un acuerdo de la del Acebo (Molinaseca).