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El TSJ confirma la sentencia de 9 años de inhabilitación del exalcalde Sergio Álvarez

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DL | PONFERRADA

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León confirmó ayer la pena de nueve años de inhabilitación especial para el cargo público de alcalde dictada por la Audiencia Provincial de León contra el exalcalde de Cacabelos, Sergio Álvarez, por un delito de prevaricación administrativa al impedir la reincorporación a su puesto del interventor municipal que le había agredido en dependencias municipales.

La sentencia del TSJ, contra la que cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, desestima el recurso de apelación interpuesto por Álvarez y le obliga a cubrir las costas judiciales.

Los hechos se remontan al verano de 2015, cuando el interventor del Ayuntamiento se enzarzó en una acalorada discusión con Álvarez, recién escogido alcalde, al que llegó a propinar tres empujones. Tras la presentación de la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil por parte del regidor, el juzgado de Ponferrada que se hizo cargo del caso absolvió al interventor del delito de atentado pero prescribió su ingreso urgente en la unidad de psiquiatría, donde recibió el alta en el mes de septiembre.

Tras el proceso, el alcalde solicitó una orden de alejamiento contra el interventor, que le fue denegada, por lo que informó a la Consejería de Presidencia de la Junta de los hechos. Esto provocó, a su vez, la apertura de un expediente disciplinario contra el interventor, que revertió su baja laboral por depresión en enero de 2016. El día 11 de ese mes, presentó en el Ayuntamiento el parte médico de alta, aunque el alcalde solicitó a la Junta que tomara «medidas cautelares» para impedir su reincorporación a la espera de la resolución del expediente disciplinario, argumentando que «alteraría gravemente el funcionamiento del Ayuntamiento» y el «peligro» sobre su persona. Pese a que la adopción de estas medidas le fue denegada, Álvarez continuó impidiendo al interventor su incorporación al puesto de trabajo. Ante las reiteradas advertencias por parte de la Junta, la Consejería de Presidencia promovió un recurso contencioso administrativo que impugnaba la «inactividad» del Ayuntamiento por incumplir la orden de permitir la reincorporación del funcionario.

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