Diario de León

La Junta Electoral Provincial ratifica la multa de 450 euros a Olegario Ramón

-El PP le exige que pida perdón públicamente por utilizar una inauguración en periodo electoral

Olegario Ramón, el pasado 17 de junio, saliendo del Ayuntamiento de Ponferrada. ANA F. BARREDO

Olegario Ramón, el pasado 17 de junio, saliendo del Ayuntamiento de Ponferrada. ANA F. BARREDO

Ponferrada

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La Junta Electoral Provincial (JEP) ha confirmado la multa de 450 euros a Olegario Ramón por publicar, el pasado 14 de abril, en la página web del Ayuntamiento, el estreno de la iluminación de la Casa Consistorial de Ponferrada cuando, según el artículo 50.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, está prohibido cualquier acto de inauguración desde que se convocan las elecciones, en este caso las municipales del pasado 28 de mayo.

Ramón, según la resolución difundida este lunes por el PP, que fue el partido denunciante, alegó a una primera resolución de la Junta Electoral de Zona, que proponía ya dicha sanción, que «el anuncio del funcionamiento de un servicio público no es asimilable a un acto de inauguración».

Sin embargo, la Junta Electoral Provincial entiende que si se anuncia el comienzo de un servicio, como es el caso, se está, «como no puede ser de otro modo», dice textualmente, «ante una inauguración», más si se «invita a todas las ponferradinas y ponferradinos a asistir a esta primera iluminación». «La información no va destinada a informar sobre un servicio público, sino a ensalzarla instalación ejecutada y poner en valor un logro alcanzado, como es obvio, por quienes desempeñan el gobierno municipal en ese momento», confluye la JEP. Del mismo modo, la resolución estima el recurso del PSOE, que se basaba en que el partido no fue quien hizo la invitación y deja sin efecto otra multa de 450 euros.

Tras conocerse el fallo, el presidente de la Junta Local del PP de Ponferrada y concejal, Carlos Fernández, exigió a Olegario Ramón que pida disculpas al resto de fuerzas políticas «y a toda la ciudadanía de Ponferrada» ante la «firmeza» de la sanción

«Queriendo hacer olvidar la permanente desidia con la que abordó los temas municipales a lo largo de todo un mandato de cuatro años, intentó concentrar obras al final para poder utilizar partidista e interesadamente las inauguraciones. No le importó saltarse la ley para intentar presumir, con el resultado de incumplir la neutralidad, que es lo que la ley exige, como él sabía, de modo que prefirió incumplir a sabiendas esperando un rédito electoral. Esperamos que lo esté disfrutando ahora y que le haya merecido la pena ser recordado como un conculcador de la ley», dice el representante del PP en el comunicado.

«Olegario Ramón no jugó limpio como candidato y no dudó en poner todos los resortes institucionales del Ayuntamiento a su servicio partidista, sin distinguir entre lo que puede hacer como candidato y lo que no debe hacer como alcalde en funciones hasta las elecciones, tal como denunció el Partido Popular», insistió Carlos Fernández.

El comunicado insiste, además: «Por ser vago, dejó todo para el final; por ser inútil e incapaz de concluir nada adecuadamente, dejó obras sin terminar; y por ser infractor y vulnerador, porque ni cree en el respeto a la ley ni cree en la igualdad que esta exige a todos los que participaban en las elecciones, ha sido sancionado en firme».

«Queda acreditado que Olegario Ramón no ha tenido inconveniente ni ético ni jurídico para servirse del Ayuntamiento buscando sus fines electorales. No ha respetado las reglas claras de la legislación electoral que lo obligaba a distinguir entre su condición de alcalde y miembro de un partido concurrente a las elecciones, que es lo que literalmente le reprochó la Junta electoral. Buscando exclusivamente su propio interés electoralista Olegario confundió el ayuntamiento con un mitin, lo institucional con lo partidista. Y ya no es la opinión del Partido Popular, sino una resolución firme. Otra más para su curriculum de vulnerador», finaliza.

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