Multa de 24.000€ y 18 meses de cárcel por cazar 2 cabras en Ancares
El cazador furtivo fue detenido tras salir del Pico Miravalles con dos cabezas de macho montés. El condenado por el Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada pagó antes del juicio

Imagen de archivo de un grupo de cabra montés, cuya caza está regulada por ley.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada ha condenado a un cazador furtivo a la pena de 18 meses de cárcel por matar dos machos de cabra montesa en la Reserva Regional de Caza de los Ancares Leoneses. El condenado admitió el delito y pagó antes de celebrarse el juicio una multa de 24.000 euros, resarciendo así el daño y aplicando de esta forma el atenuante en la sentencia. El cazador también fue castigado con la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la inhabilitación especial para ejercer el dercho a cazar y pescar por un periodo de tres años, además de la privación del derecho a la tenencia y porte de armas también durante tres años. La sentencia que firma el magistrado de lo Penal Óscar Hernáiz también ordena entregar a la Junta de Castilla y León de la cantidad consignada de 24.000 euros para el pago de los perjuicios derivados del delito, devolviendo el sobrante al penado. Además, las costas procesales causadas, sin incluir las de la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Candín, se imponen al condenado.
Como hechos probados, en el fallo judicial se indica que en la mañana del 12 de octubre de 2022 el condenado procedió en los alrededores del Pico Miravalles, término municipal de Candín, del Partido Judicial de Ponferrada, a abatir dos especímenes machos de cabra montesa (Capra Pyrenaica). El primero de ellos a las 09.40 horas y el segundo a las 10.15 horas, mediante el uso de un arma de fuego tipo rifle modelo «Baikal», sin contar con autorización administrativa de ningún tipo, arrancando acto seguido el cazador las cabezas de ambos animales como trofeo.
El cazador furtivo fue detenido a las 15.30 horas cuando intentaba acceder a su coche para abandonar la zona en posesión de las dos cabezas de los animales abatidos. Estos hechos fueron visualizados por un testigo, así como por dos celadores de montes y por otros dos agentes de la Guardia Civil.
La zona donde fueron cazadas las dos cabras montesas se encuentra amparada por diversas figuras de protección medioambiental y cinegética, como son la Reserva de la Biosfera de los Ancares Leoneses, la Red Natura 2000, código Zec y Zepa «Ancares Leoneses» y la Reserva Regional de Caza de los Ancares Leoneses.
La cabra montesa es una especie cinegética cuya caza se encuentra regulada y protegida por la Ley. La titularidad de los derechos de explotación cinegética en la zona donde sucedieron los hechos corresponde a la Junta de Castilla y León, que fue la que ha valorado el perjuicio causado por el cazador en 24.000 euros, a razón de 12.000 euros por ejemplar «conforme al valor objetivo previsto en el Anexo IV de la Ley 4/2.021», indica la sentencia. En concreto, el condenado había consignado en sede judicial la cantidad de 24.780,91 euros en concepto de indemnización en favor de la Junta de Castilla y León. El cazador ahora condenado y que ya ha cubierto la parte de la pena de sanción económica ha sido privado del derecho a portar todas sus armas de fuego conforme a una disposición administrativa de fecha 17 de octubre de 2022, día en el que le fueron incautadas igualmente la totalidad de sus armas de fuego.
Los dos trofeos de caza obtenidos ilegalmente por el cazador furtivo han sido decomisados y se encuentran en dependencias de la Junta de Castilla y León. El condenado ha asumido la culpa de estos perjuicios materiales y por tanto estuvo obligado a hacer frente al pago de los daños causados. Concluido estos términos, el único punto debatido por las partes litigantes se centraba en concretar si procedía o no y en su caso con qué importe, la indemnización que reclamaba el Ayuntamiento de Candín como titular de los terrenos donde se produjo el acto ilegal de caza. El Ministerio Fiscal y la Junta de Castilla y León únicamente reclamaban la condena del acusado al pago en favor del ente autonómico de la cantidad de 24.000 euros en concepto de indemnización por daños o tasa de reposición para el caso de la muerte de dos machos de cabra montés a razón de 12.000 euros por cada animal abatido. A este respecto, el artículo 94 en relación con el Anexo IV de la Ley 4/2.021 de 1 de julio de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León fija la valoración de las piezas de caza a efectos de indemnización de daños, estableciendo efectivamente en 12.000 euros la indemnización a pagar por el infractor por la muerte de un macho de cabra montés. El asunto quedó resuelto.