El fallo puede ser recurrido
El juzgado anula los permisos de la central de calor
Cortina, edil de Urbanismo, recuerda que fue decisión del anterior alcalde, Olegario Ramón

Imagen de las obras de canalización que aún se desarrollan en la ciudad.
El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de León ha dictado una resolución por la que anula los permisos dados en 2021 para la central de biomasa de Ponferrada, ordenado la paralización de las obras al considerar que el Ayuntamiento, en la época del socialista Olegario Ramón como alcalde, actuó con irregularidades en la tramitación del proceso. Este viernes, el edil de Urbanismo, Carlos Cortina, daba lectura de la sentencia citando precisamente la anulación de los decretos y aprobaciones hechas por en su día por Olegario Ramón.
Aprecia la sentencia que el Ayuntamiento incurrió en un «fraccionamiento del proyecto» dado que optó por conceder las licencias impugnadas limitando su objeto exclusivamente a la edificación de la central y excluyendo a la red de calor que distribuye el mismo por toda la ciudad. También dice que «la Administración era plenamente consciente de la magnitud real del proyecto, pero decidió limitar el alcance de las licencias de forma artificial». Este hecho supuso según el fallo judicial beneficiar a la empresa pública a Somacyl con el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que se liquidó sobre el presupuesto del edificio (unos 797.000 euros), mientras que el coste total de la obra era más de 2,1 millones de euros.
También concluye la sentencia que ha habido una información pública deficiente, falta de transparencia, escondiendo ante la sociedad ponferradina el conocimiento completo del proyecto, lo que ha impedido una participación informada y efectiva. Recuerda que se omitió el trámite de audiencia a los interesados. Según la sentencia enviada por el colectivo Bierzo Aire Limpio, el magistrado aprecia una reiteración en la conducta infractora del consistorio al volver a incurrir en irregularidades ya señaladas en una sentencia anterior de 2020. La resolución judicial también condena al Ayuntamiento al pago de las costas procesales, según las mismas fuentes. El fallo anula la licencia de obras, la licencia ambiental y la autorización excepcional para el funcionamiento de la planta, ubicada en el barrio de Compostilla, por un «fraccionamiento del proyecto» y por una «información pública deficiente». Además, la resolución judicial señala que la ocupación del subsuelo público con tuberías requería un título específico y no podía cubrirse con una simple licencia de obra. La asociación ha solicitado también una auditoría del dinero público invertido en el proyecto y ha anunciado que trasladará la sentencia al Banco Europeo de Inversiones.
La Asociación de Vecinos de Compostilla ha solicitado al actual alcalde que no recurra la sentencia.