El Supremo rechaza el recurso de Bierzo Aire Limpio contra Cosmos
La sala de lo Contencioso impone mil euros de costas más IVA a los recurrentes

Instalaciones de la planta cementera de Cosmos en Toral de los Vados.
El colectivo ecologista, amparado bajo la plataforma Bierzo Aire Limpio, ha recibido un nuevo revés judicial en su empeño en contra de la autorización medioambiental de la Junta de Castilla y León concedida a la planta de fabricación de cemento y clinker de Votorantim-Cementos Cosmos, ubicada en Toral de los Vados. En esta ocasión, según el dictamen al que ha tenido acceso este periódico, la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido una providencia por la que rechaza el recurso de casación presentado por los ecologistas contra la sentencia del 20 de noviembre de 2024 del TSJ. La resolución judicial firmada por cinco magistrados impone las costas procesales a Bierzo Aire Limpio y fija en 1.000 euros más el IVA en favor de cada parte recurrida, ambas personadas y opuestas a la admisión del recurso.
El dictament del Supremo da tres argumentos para rechazar el recurso de Bierzo Aire Limpio, zanjando en esta vía judicial todo el proceso. Uno, «por falta de justificación de que las infracciones imputadas, al amparo de las cuales se formulan los supuestos de interés casacional, han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada en la resolución recurrida».
Dos, «por falta de fundamentación suficiente, con singular referencia al caso, de la concurrencia de los supuestos previstos en el artículo 88.2 f) y en el artículo 88.3.a) LJCA invocados— que permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala».
Y tres, «carencia, en los términos en los que ha sido preparado el recurso, de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, dado el marcado casuismo que preside las cuestiones suscitadas, vinculadas a los aspectos fácticos y circunstanciados del pleito, pretendiéndose realmente la obtención de un pronunciamiento ad casum, lo cual resulta incompatible con el vigente sistema casacional de marcada vocación nomofiláctica y de generación de jurisprudencia uniforme».