Diario de León

El sindicato se quejó de las acciones de USO y CC OO

La CGT gana el pulso entre sindicatos en GE Vernova

Trabajo ordena repetir las elecciones en la fábrica de palas eólicas al ser impugnadas

La disputa sindical fue en la fábrica de palas eólicas.

La disputa sindical fue en la fábrica de palas eólicas.Ana f. barredo

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Ponferrada

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Las elecciones para elegir representantes sindicales de los trabajadores en la fábrica de palas eólicas GE Vernova de Ponferrada tendrán que repetirse de nuevo. El motivo es la impugnación presentada por el sindicato CGT y que fue aceptada por la autoridad laboral. Así, la Oficina Territorial de Trabajo de la provincia de León decidió anular las elecciones sindicales celebradas en la fábrica de palas eólicas de GE Vernova, antigua LM, y a la vez ordena repetir las votaciones.

El proceso electoral ahora anulado se celebraba el pasado 30 de julio, dejando unos resultados que ahora quedan sin efecto. De aquella USO se alzaba como ganador de los comicios con 202 votos (7 delegados). CCOO tenía 182 votos (7 delegados). La UGT dos delegados y CSIF un delegado. La CGT, sindicato que presentó el recurso y que fue aceptado por Trabajo se había quedado sin representación en el comité de empresa. Trabajo estima la impugnación presentada por la CGT, que alegó «graves infracciones» por parte de los sindicatos USO y Comisiones Obreras, que fueron las dos secciones sindicales más votadas. La CGT denunció que personas vinculadas a ambas candidaturas desarrollaron actuaciones de propaganda, reparto de propaganda electoral o presión el día de las elecciones, entregando a trabajadores el sobre con el voto. «Consideramos que la libertad de voto constituye el principio básico de cualquier proceso democrático y para ello se debe garantizar la privacidad y lo deja meridianamente claro el Laudo» indican desde CGT, haciéndose eco de lo dictado por Trabajo: «Durante el día de la votación deberán preservarse las garantías de libertad, secreto, personalidad y carácter directo del sufragio, absteniéndose candidatos, apoderados y cualesquiera personas vinculadas a las candidaturas de desarrollar actuaciones de propaganda, entrega dirigida de documentación electoral, captación o presión sobre los electores incompatibles con aquellas garantías».

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