El Tribunal Superior de Justicia da la razón al Ayuntamiento de Sobrado frente a la Junta
Un tribunal anula la declaración de espacio natural de La Lastra
Los magistrados sentencian que no se dio audiencia al municipio, contrario a la protección

Aspecto de la sierra de La Lastra, donde su riqueza caliza compite con la de sus valores ecológicos
La declaración de la sierra de La Encina de La Lastra como espacio natural protegido no tiene ninguna validez después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya dictado una sentencia por la que se otorga la razón al Ayuntamiento de Sobrado, que hace ya cinco años expresó su oposición a la mencionada declaración. En la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo se anula el decreto de 1998 por el que el Ejecutivo autónomo incorporó a la sierra -situada en el límite entre las provincias de León y de Orense y muy rica en yacimientos de caliza- al Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León. En los fundamentos de derecho de la sentencia, notificada a las partes la semana pasada, los magistrados encargados de analizar el recurso tienen en consideración por encima de otras circunstancias el hecho de que desde la Junta de Castilla y León no se ofreciera audiencia al Ayuntamiento de Sobrado, que junto al de Carucedo son los municipios bercianos directamente afectados por la delimitación de la zona de protección natural. Administración «temeraria» El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estima las alegaciones del Ayuntamiento de Sobrado y considera que la parte demandada, la administración autónoma ha vulnerado «de forma esencial el procedimiento» de elaboración del decreto. Además, los magistrados explican que el «comportamiento de la Administración pone de relieve una evidente temeridad, circunstancia regulada por el artículo 131 de la Ley de la Jurisdicción», lo que les lleva también a condenarla al pago de las costas del proceso judicial, que se desarrollaba desde hacía ya cinco años. En la sentencia, sin embargo, no se entra en ningún caso a examinar si existen o no razones técnicas y científicas que avalen la incorporación de la sierra al Plan de Espacios Protegidos de Castilla y León por sus valores ecológicos.