Diario de León

La edil de Medio Ambiente es consciente de que se tendrá que articular una ordenanza especial

El Ayuntamiento de Ponferrada abrió 31 expedientes por ruido el año pasado

Magaz recuerda que el equipo de gobierno ya dispuso trasladar el ocio nocturno para respetar el descanso

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Cristina Fanjul - ponferrada
Ponferrada

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El Ayuntamiento de Ponferrada abrió el pasado año 2003 tan sólo 31 expedientes a causa de denuncias provocadas por contaminación acústica. Se trata de una cifra relativamente pequeña si la comparamos con las que registran normalmente otras ciudades de su tamaño. En este sentido, cabe destacar que este problema -en el 2001 y en León se abrieron sólo a pubs setenta expedientes por ruido- genera cada vez más denuncias entre los vecinos. La concejala de Medio Ambiente, Teresa García Magaz, considera que se trata de una cifra pequeña, pero recuerda que en muchos casos los ayuntamientos se ven con las manos atadas desde el momento que no se puede poner en marcha expediente alguno cuando el nivel de ruido está por debajo de los treinta decibelios. No obstante, es consciente de que la contaminación acústica es un problema que genera cada vez más molestias, con lo que asegura que está en la agenda del equipo de gobierno articular medidas para ponerle remedio. Asimismo, destaca que el Consistorio ya ha puesto en marcha medidas para defender el descanso de los ciudadanos, y recuerda el plan en virtud del cual la «movida nocturna» -que obligaba a los vecinos del barrio de Cuatrovientos a pasar las noches en blanco- se trasladó a lo que se conoce como la gran manzana. «Los pubs y bares que quedan en el centro de la ciudad están insonorizados y no plantean problemas acústicos a los vecinos de la zona», defiende la concejala. Sentencia del Constitucional El Tribunal Constitucional ha considerado que el ruido atenta contra derechos fundamentales en una sentencia en la que confirma la sanción por exceso del mismo impuesta a un pub. El derecho de los ciudadanos contra la contaminación acústica recibió esta misma semana un espaldarazo después de que la Sala Primera del Alto Tribunal desestimara el amparo solicitado por un recurrente contra la multa de 300,51 euros que le fue impuesta en 1998 por el Ayuntamiento de Gijón por infracción en su establecimiento de la ordenanza municipal sobre protección contra la contaminación acústica de 10 de julio de 1992. El alto tribunal recuerda la relevancia que ha adquirido la protección de los derechos fundamentales vinculados con la salud, la integridad física y moral, la intimidad personal o la inviolabilidad del domicilio, es decir, los más directamente relacionados con la calidad de vida. A juicio del Constitucional, conviene considerar la posible incidencia que el ruido tiene sobre la integridad real y efectiva de los derechos fundamentales. El TC fundamenta que «el ruido, en la sociedad de nuestros días, puede llegar a representar un factor psicopatógeno y una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos y así lo acreditan en particular las directrices marcadas por la Organización Mundial de la Salud sobre el ruido ambiental».

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