Un fallo de la Audiencia suspende de empleo a los dos agentes de la comisaría de Ponferrada
Inhabilitan a dos policías de Ponferrada por no perseguir la venta de drogas
La sentencia resuelve un proceso judicial en el que se juzgó a otros cuatro individuos Penas de diez y

La Audiencia Provincial de León acogió el proceso en el que se juzgó a seis acusados
Un tribunal de la Audiencia Provincial de León emitió una sentencia condenatoria contra los cuatro acusados por un delito contra la salud pública, cometido en la capital berciana; en el mismo dictamen judicial se recoge también la inhabilitación para dos policías, a los que se define como autores responsables del delito de omisión del deber de perseguir delitos. En este sentido, el fallo emitido por los magistrados de la Audiencia, considera más allá de un trato propio confidente-policía la relación entre el agente A. S. G. uno de los dos inhabilitados para desempeñar su actual profesión, con el procesado y condenado por tráfico de drogas M. T. G., que -dice la sentencia- «se enmarcaba en el ámbito penal por no perseguir el policía la actividad ilícita de tráfico de estupefacientes, a quien sabía que se venía dedicando». Los hechos que motivaron el proceso se localizan en la primavera de 1997. Se da por probado que el otro agente policial juzgado en este proceso, F. P. F., inspector jefe del Cuerpo Superior de Policía, es autor de un delito del artículo 408 del Código Penal. En el texto de la sentencia se precisa que F. P. «no cumplió con las obligaciones de su cargo como jefe del grupo segundo de la policía judicial de Ponferrada, encargado precisamente por sus superiores de la investigación del tráfico de estupefacientes ... en cambio no fue así, sino que quizás por su afán de notoriedad o de obtener éxitos policiales que le supusieran méritos en la hoja de servicios, permitió, consintió y vino tácitamente a autorizar dicha actividad de tráfico de estupefacientes que el procesado M. T. G. ejercía con total impunidad en Ponferrada y aledaños, omitiendo la persecución de un delito muy grave». El inspector F. P. F. y el agente de policía A. S. G. han sido condenados a la pena de dos años de inhabilitación, lo que supondrá la privación del empleo.