Condenan al alcalde a pagar 188 euros por agredir al portavoz del PP

El alcalde, Clemades Rodríguez, en foto de archivo, apeló a la Audiencia
El alcalde de Carucedo, el socialista Clemades Rodríguez, ha sido condenado por agredir al portavoz del PP en el Ayuntamiento, Crescencio del Estal, al término de una sesión plenaria en el salón de la casa consistorial, el 9 de noviembre de 2004. La sentencia del Juzgado de Instrucción número 1 de Ponferrada destaca que Clemades Rodríguez es culpable de haber cometido una falta de lesiones, tipificada en el artículo 617.2 del Código Penal. Según la sentencia, el alcalde deberá pagar una multa de 15 días a razón de una cuota diaria de 6 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas impagadas. Es decir, deberá abonar de entrada 90 euros por agredir al concejal del PP. Además, como responsabilidad civil, el alcalde de Carucedo tendrá que indemnizar al portavoz del PP en el Ayuntamiento con 98,5 euros por las lesiones sufridas. Por otra parte, el regidor del PSOE deberá correr con las costas del juicio. Con todo, la sentencia no es firme, puesto que está ya recurrida en la Audiencia Provincial. El fallo de Ponferrada se refiere al golpe en el hombro izquierdo que el alcalde le propinó al concejal popular cuando estaba sentado en el salón de plenos. Las lesiones tardaron en sanar «4 días no impeditivos».